El Juzgado Cuarto de Familia de Bogotá, D. C., avisa que se dcecretó la interdicción judicial definitiva de Alana de la Hidalga Baños. - 6 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59923282

El Juzgado Cuarto de Familia de Bogotá, D. C., avisa que se dcecretó la interdicción judicial definitiva de Alana de la Hidalga Baños.

EmisorVarios
Número de Boletín47402

Medellin, AVISA:

Que mediante sentencia proferida por este Despacho Judicial el dia 23 de octubre de 2008, se decreto la interdiccion definitiva por causa de demencia de la señora Mery del Socorro Rave Isaza y se le designo como curador general legitimo al señor Carlos Arturo Rave Isaza, mayor de edad y vecino de esta ciudad.

Copia del presente aviso se entrega para su publicacion en el Diario oficial y en el periodico El Mundo.

Medellin, febrero 11 de 2009.

El Secretario, Uriel Dario Hernandez R.

Radicado N° 0610-07 Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0502436. 2-VII-2009. Valor $29.500.

El Secretario del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Rionegro, Antioquia, HACE CONSTAR:

Que en proceso de jurisdiccion voluntaria de interdiccion por demencia instaurado por la señora Leonilda Ortiz de Meneses a favor de Juan Diego Meneses Ortiz, mediante sentencia del 14 de octubre de 2008 se declaro la interdiccion definitiva por demencia de Juan Diego Meneses Ortiz, consecuencialmente, se dispuso que no tiene la libre administracion de los bienes y se designo como curadora a la señora Leonilda Ortiz de Meneses, su progenitora, providencia que fue confirmada por el Tribunal Superior de Antioquia el 29 de abril de 2009.

17 Se da el presente aviso de conformidad con el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, el cual sera publicado en el Diario Oficial y en el periodico El Mundo o El Colombiano.

en Rionegro, 19 de mayo de 2009.

El secretario ad hoc, Juan Nicolas Martinez Martinez.

El Juzgado Segundo de Familia de Itagüi, HACE SABER:

Al señor Mauricio Andres Castaño Fonnegra, de conformidad con el articulo 657 del Codigo de Procedimiento Civil y se previene a quienes tengan noticias de el para que las comuniquen al Juzgado en el proceso de jurisdiccion voluntaria (declaracion de muerte presunta por desaparecimiento), instaurado por la señora Marta Cecilia Fonnegra Manrique, y de cuya demanda se extracta lo siguiente: 1. Que el señor Mauricio Andres Castaño Fonnegra, hijo de la actora, tuvo su domicilio personal y laboral en el municipio de La Estrella, hasta el dia 29 de noviembre de 2005, cuando salio a laborar y nunca regreso: 2. Que las ultimas noticias del señor Mauricio Andres Castaño Fonnegra, ocurrieron el 29 de noviembre de 2005, fecha en que desaparecio cuando recibio una llamada telefonica de un amigo y compañero, para ir a la empresa donde laboraban, y una vez alli, antes de entrar lo abordaron unas personas y 1o subieron a una camioneta desconociendo para donde y con que fin se lo llevaban.

  1. Desde la fecha del desaparecimiento hasta hoy, han transcurrido mas de dos años, sin que se haya tenido noticia alguna sobre la suerte del señor Castaño Fonnegra, a pesar de que su madre ha realizado, varias diligencias en diferentes entidades y avisos publicitarios para dar con el paradero de aquel, sin tener resultado alguno.

  2. El señor Mauricio Andres Castaño al momento de su desaparicion, era de estado civil soltero, sin descendencia, laboraba al servicio del señor Hector Ivan Sanchez Florez, en la empresa Tenietivas, en el cargo de Operario de maquinas y vigilancia.

  3. Que han transcurrido suficientemente los plazos y concurren circunstancias requeridas por la ley para la declaracion de muerte presunta por desaparecimiento del señor Mauricio Andres Castaño Fonnegra.

Este edicto se sujetara a lo dispuesto en el articulo 318 del C. Adjetivo, pero debera publicarse en el diario "El Tiempo de Santa Fe d Bogota, D. C., en el periodico "El Mundo" de esta ciudad y en una radiodifusora local, asi mismo, se publicara el edicto en el "Diario Oficial", tres (3) veces por lo menos, debiendo correr mas de...

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