El Secretario del Juzgado Trece de Familia, Bogotá, D. C., hace saber que se declaró en Interdicción por Retardo Mental a Wilson Bernal Díaz. - 30 de Julio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50463959

El Secretario del Juzgado Trece de Familia, Bogotá, D. C., hace saber que se declaró en Interdicción por Retardo Mental a Wilson Bernal Díaz.

EmisorVarios
Número de Boletín46705

Familia, Bogota, D. C., para HACE SABER:

AVISA:

Que mediante Sentencia de fecha doce (12) de diciembre del año dos mil seis (2006) dictado dentro del proceso de Interdiccion por Demencia Radicado 0750-2005, instaurado por la señora Maria Elvinia Diaz de Bernal, se resolvio: ...

6.1. Declarar en Interdiccion por Retardo Mental a Wilson Bernal Diaz, nacido el 2 de octubre de 1969, en Bogota, el cual se identifica con la cedula de ciudadania numero 79538568 de Bogota.

6.2. Como consecuencia de lo anterior, se le declara privado de la administracion de sus propios bienes frente a los que tenga, o llegue a tener.

6.3. Se designa como Curador General del Interdicto a Luz Elena Bernal Diaz, quien se identifica y exhibe la cedula de ciudadania numero 51909023 de Bogota, en su calidad de hermana de este.

6.4. La curadora designada y de ser necesario, para efecto del discernimiento del cargo, debera prestar caucion en la oportunidad prevista en el Codigo Civil, previo inventario solemne de los bienes de propiedad del interdicto.

6.5. La presente sentencia inscribase en el folio correspondiente al registro civil de nacimiento del interdicto, para lo cual se ordena librar oficio a la Notaria Decima del Circulo de Bogota, Cundinamarca.

Alleguese al expediente copia del registro correspondiente con la inscripcion ordenada. ley, 6.6. Notifiquese al publico lo aqui resuelto, para lo cual se ordena fijar un aviso que se insertara una vez por lo menos, en el Diario Oficial, y en un diario de amplia...

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