V A R I O S Notaría Segunda de Chiquinquirá El Notario Segundo del Círculo de Chiquinquirá, emplaza a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación intestada del causante Zoilo Gómez Aguilar. - 11 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51677803

V A R I O S Notaría Segunda de Chiquinquirá El Notario Segundo del Círculo de Chiquinquirá, emplaza a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación intestada del causante Zoilo Gómez Aguilar.

EmisorVarios
Número de Boletín46839

ervicio Notarial;

lo anterior se debe a la situacion actual de salud, la cual le ha impedido desplazarse de la ciudad de Bogota a Medellin, durante los ultimos tres meses y por prescripcion medica solo podra hacerlo hasta el 7 de diciembre de 2007.

Que el articulo 64 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983 señala "El notario tomara posesion del cargo dentro de los diez (10) dias siguientes a aquel en que reciba la confirmacion del nombramiento se ya se inicio el periodo legal, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado o prorroga hasta de 30 dias concedida justificadamente por quien hizo la designacion";

Que la peticion de la doctora Beatriz Elena Castaño Alzate, se encuentra ajustada a las disposiciones señaladas anteriormente, razon por la cual es procedente conceder la prorroga solicitada;

Que por lo expuesto, DECRETA:

Articulo 1° Prorrogar el termino para tomar posesion del cargo de Notaria Treinta y Una de Medellin, Antioquia, a la doctora Beatriz Elena Castaño Alzate, identificada con cedula de ciudadania numero 43466338 expedida en Carmen de Viboral, Antioquia, por treinta (30) dias, por lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Articulo 2° El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 11 de diciembre de 2007.

CARLOS HOLGUIN SARDI El Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguin Sardi.

DECRETO NUMERO 4773 DE 2007 El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto 4733 del 6 de diciembre de 2007, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del articulo 189 de la Constitucion Politica y los articulos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 numeral 2, literal d) del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolucion 4292 del 14 de julio de 2006, la Direccion de Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro sanciono, con suspension en el ejercicio del Libertad y Orden Prestacion de los servicios editoriales de impresion, publicacion, divulgacion y comercializacion ficial de normas, actos CERTIFICADO administrativos y ISO 9001 demas publicaciones Certificado Nº SC-3414-1 del Estado.

* Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112 Ministerio del interior y de Justicia argo por el termino de dos (2) meses, al Notario Primero del Circulo de Tunja, Boyaca, Hernan Alejandro Olano Correa;

Que la Superintendente de Notariado y Registro, mediante Resolucion 0371 del 26 de enero de 2007, resolvio el recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion 4292 2006, confirmando la sancion de suspension en el ejercicio del cargo por el termino de dos (2) meses, al Notario Primero del Circulo de Tunja, Boyaca, Hernan Alejandro Olano Correa;

Que el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro remitio al señor Ministro del Interior y de Justicia, para los fines pertinentes, fotocopia de la Resolucion 0371 del 26 de enero de 2007, por medio de la cual resolvio el recurso de apelacion, en la cual obra la constancia de ejecutoria del fallo el 28 de junio de 2007;

Que conforme al articulo 172 numeral 3 de la Ley 734 de 2002, corresponde al nominador hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores publicos de libre nombramiento y remocion o de carrera;

Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condicion de nominador, hacer efectiva la sancion impuesta al señor Hernan Alejandro Olano Correa y designar a la persona que habra de reemplazarlo durante su ausencia;

Que con fundamento en la certificacion expedida por la Superintendente de Notariado y Registro, el señor Blas Agustin Quijano Melo, identificado con la cedula de ciudadania numero 19254920 de Facatativa, Cundinamarca, reune los requisitos exigidos en el articulo 153 del Decreto-ley 960 de 1970, y en el numeral 2 literal d) del articulo 60 del Decreto 2148 de 1983, para desempeñarse como Notario de Primera Categoria en calidad de encargado;

Que por lo anteriormente expuesto, DECRETA:

Articulo 1°

En cumplimiento de lo dispuesto por la Direccion de Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante Resolucion 4292 del 14 de julio de 2006, confirmada por la Resolucion 0371 del 26 de enero de 2007, proferida por la Superintendente de Notariado y Registro, la cual tiene constancia de ejecutoria del 28 de junio del mismo año, hagase efectiva la sancion de suspension por el termino de dos (2) meses al señor Hernan Alejandro Olano Correa, identificado con la cedula de ciudadania numero 17073452 de Bogota, en su condicion de Notario Primero del Circulo de Tunja, Boyaca.

Articulo 2° Encarguese en la Notaria Primera del Circulo de Tunja, Boyaca, al señor Blas Agustin Quijano Melo, identificado con la cedula de ciudadania numero 19254920 expedida en Facatativa, Cundinamarca, por el termino que dure la suspension.
Articulo 3° Por la Secretaria General de la Superintendencia de Notariado y Registro, comuniquese este decreto a la Procuraduria General de la Nacion para los fines previstos en el articulo 174 de la Ley 734 de 2002 y ordenese el archivo en la hoja de vida del señor Hernan Alejandro Olano Correa, para que obre como antecedente disciplinario del mismo.
Articulo 4° Este decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 11 de diciembre de 2007.

CARLOS HOLGUIN SARDI El Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguin Sardi.

resoluciones ejecutivas RESOLUCION EJECUTIVA NUMERO 469 DE 2007 (diciembre 11) por la cual se decide el recurso de reposicion interpuesto contra la Resolucion Ejecutiva numero 366 del 27 de septiembre de 2007.

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, delegatario de funciones presidenciales conforme al Decreto 4733 del 6 de diciembre de 2007, en ejercicio de las facultades que le confieren el articulo 491 de la Ley 906 de 2004, el articulo 50 del Codigo Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolucion Ejecutiva numero 366 del 27 de septiembre de 2007, el Gobierno Nacional concedio la extradicion del ciudadano colombiano Oscar Alfonso Monsalve Penagos, identificado con la cedula de ciudadania numero 17387397, para que comparezca a juicio por el Cargo Uno (Concierto para importar a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, un kilogramo o mas de una sustancia que contenia heroina, una sustancia controlada);

    Cargos Dos y Tres (Importacion a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, de un kilogramo o mas de una sustancia que contenia heroina, una sustancia controlada), y por el Cargo Cuatro (Concierto para realizar transacciones monetarias con bienes derivados de actividades delictivas, con la intencion de promover el desarrollo de una actividad ilegal especifica y ocultar la...

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