V A R I O S Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca El Profesional Especializado de la Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca, cita y emplaza a todas las personas que se crean con derecho a reclamar salarios y prestaciones sociales y económicas de Flor María Pacheco de Vásquez - 18 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57084471

V A R I O S Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca El Profesional Especializado de la Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca, cita y emplaza a todas las personas que se crean con derecho a reclamar salarios y prestaciones sociales y económicas de Flor María Pacheco de Vásquez

EmisorVarios
Número de Boletín47324

ector productivo registradas en la Camara de Comercio para elegir su representante al Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana.

Que de acuerdo al cronograma establecido en la Resolucion anteriormente mencionada, la jornada electoral de eleccion de representante del sector productivo ante el Consejo Superior Universitario se llevo a cabo el dia 24 de septiembre de 2008;

Que realizado el escrutinio por parte del Comite Electoral de la Universidad Surcolombiana el dia 24 de septiembre de 2008, se reporta como ganadora a la señora Nohora Ramirez de Leguizamo como principal, y al señor Rigoberto Cicery Arrigui en calidad de suplente, tal como quedo consignado en el Acta numero 039 de fecha 24 de septiembre de 2008;

En merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1°

Homologar, con fundamento en lo expuesto en la parte motiva de la presente resolucion, los resultados de la jornada electoral llevada a cabo el dia 24 de septiembre de 2008 y, en consecuencia, reconocer como Representante del Sector Productivo ante el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana a la señora Nohora Ramirez de Leguizamo, identificada con cedula de ciudadania numero 36160851 de la ciudad de Neiva, como principal, y al señor Rigoberto Cicery Arrigui, titular de la cedula de ciudadania numero 19.054.012 expedida en la ciudad de Bogota, en calidad de suplente.

Articulo 2° El periodo del representante del Sector Productivo ante el Consejo Superior Universitario, en el cual ejerceran su representacion, es de dos (2) años, contados a partir de su posesion.
Articulo 3° La presente resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion.

Notifiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Neiva, a los diecisiete (17) dias del mes de octubre de 2008.

El Rector (E.), Hector Hernan Zamora Caicedo.

El Secretario, Alberto Polania Puentes.

Notificacion personal: Hoy 7 de noviembre de 2008 el Secretario General notifica personalmente el contenido de la Resolucion numero 123 del 17 de octubre de 2008, a la señora Nohora Ramirez de Leguizamo, identificada con cedula de ciudadania numero 36160851 de la ciudad de Neiva, y al señor Rigoberto Cicery Arrigui, titular de la cedula de ciudadania 2 numero 19054012 expedida en la ciudad de Bogota, haciendoles entrega de una copia de la misma.

Nohora Ramirez de Leguizamo, C. C. N° 36160851 de Neiva.

Rigoberto Ciceri Arrigi, C. C. 19054012 de Bogota.

(C. F.) RESOLUCION NUMERO 137 DE 2008 El Rector (E.) de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el articulo 31, numeral 9 del Acuerdo Superior numero 075 del 7 de diciembre de 1994 - Estatuto General de la Universidad Surcolombiana - concordante con el articulo 16 del Acuerdo Superior numero 031 del 18 de agosto de 2004 - Estatuto Electoral de la Universidad Surcolombiana - le corresponde al Rector convocar, mediante Resolucion, a eleccion de profesores, estudiantes y egresados y demas miembros que, de conformidad con las normas legales y estatutarias que disciplinan la materia, deben hacer parte de los cuerpos colegiados;

Que mediante Resoluciones numero 100 del 25 de agosto y numero 113 del 30 de septiembre de 2008, el Rector de la Universidad Surcolombiana, convoco a elecciones de los diferentes estamentos de la Institucion;

Que de acuerdo al cronograma establecido en la Resolucion numero 113 del 30 de septiembre de 2008, la jornada electoral de representantes de los diferentes estamentos de la Institucion se llevo a cabo el dia 24 de octubre de 2008;

Que realizado el escrutinio por parte del Comite Electoral de la Universidad Surcolombiana, se reportan los siguientes ganadores: para la representacion de los estudiantes ante el Consejo Academico a la señorita Maria Angelica Cachaya;

representacion de los docentes ante el Comite de Asignacion del Puntaje al profesor Jose Antonio Ardila Amezquita y para la representacion de los egresados al Consejo de Facultad de Economia y Administracion a la formula integrada por Dolly Ximena Calderon y Ximena Falla Santana, tal como quedo consignado en el Acta numero 040 del 28 de octubre de 2008;

Que una vez efectuada la convocatoria se presentaron candidatos unicos a diferentes representaciones por lo tanto no se realizaron elecciones de acuerdo con lo establecido en el inciso 3, del articulo 16 del Estatuto Electoral, pero se hace necesario convalidar dichas representaciones;

En merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Homologar, con fundamento en lo expuesto en la parte motiva de la presente resolucion, los resultados de la jornada electoral llevada a cabo el dia 24 de octubre de 2008 y, en consecuencia, reconocer los siguientes representantes para el periodo 2008 - 2010: * Representacion de los estudiantes ante el Consejo Academico: Maria Angelica Cachaya Bohorquez, cedula de ciudadania numero 1081153772.

* Representacion de los docentes ante el Comite de Asignacion de Puntaje: Jose Antonio Ardila Amezquita, cedula de ciudadania numero 19205774.

* Representacion de los egresados al Consejo de Facultad de Economia y Administracion: Dolly Ximena Calderon Pacheco, cedula de ciudadania numero 36066439 y Ximena Falla Santana, cedula de ciudadania numero 55173409.

Articulo 2° Convalidar la representacion de las personas que se describen a continuacion en los siguientes estamentos: * Representacion de los estudiantes ante el Comite de Seleccion de Evaluacion Docente: Maidy Goretty Mosquera Torres, cedula de ciudadania numero 1075246025 y Yina Sofia Cuenca Almario, cedula de ciudadania numero 1081155273.

* Representacion de los docentes ante el Consejo de Facultad de Educacion: Fabio E. Barbosa Mahecha, cedula de ciudadania numero 11372661 y Ricardo Cedeño Tovar, cedula de ciudadania numero 12105261.

* Representacion de los estudiantes ante el Consejo de Facultad de Educacion: Hedimer Andelso Vidal Tovar, cedula de ciudadania numero 1075223639.

* Representacion de los estudiantes ante el Consejo de Facultad de Ingenieria: Oscar Mauricio Losada Tovar, cedula de ciudadania numero 1003863584 y Fabio Andres Morea cedula de ciudadania numero 1003863720.

* Representacion de los egresados ante el Consejo de Facultad de Derecho: Vladimir Salazar Arevalo, cedula de ciudadania numero 7705598 y Oscar Javier Reyes Pinzon, cedula de ciudadania numero 7719841.

* Representacion de los docentes ante el Consejo de Facultad de Derecho: Diego Omar Perez Salas, cedula de ciudadania numero 10537438 y German Alfonso Lopez Daza, cedula de ciudadania numero 12136530.

* Representacion de los estudiantes ante el Consejo de Facultad de Derecho: Jeiner Salazar Torres, cedula de ciudadania numero 1075225537 y Melba Luz Cuenca Almario, cedula de ciudadania numero 1075223204.

Articulo 3° El periodo de los representantes sera de dos (2) años, contados a partir de su posesion.
Articulo 4° La presente resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion.

Notifiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Neiva, a los cinco (5) dias del mes de noviembre de 2008.

El Rector (E.), Hector Hernan Zamora Caicedo.

El Secretario, Alberto Polania Puentes.

(C. F.) RESOLUCION NUMERO 145 DE 2008 (noviembre 18) por la cual se reconoce legalmente el Colectivo Estudiantil Manos a la Obra de la Universidad Surcolombiana.

El Rector (E.) de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR