Consejo de Estado (Julio 2005)
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Sentencia nº 27001-23-31-000-1877-01 de Consejo de Estado, Seccion Tecera, de 28 de Julio 2005
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCIÓN TERCERACONSEJERA PONENTE: Dra. María Elena Giraldo Gómez.Bogotá, D. C. veintiocho (28) de julio de dos mil cinco (2005).RADICACIÓN NÚMERO: 27001-23-31-000-1877-01ACTOR: ELVIA FARITH CASTAÑO MEJÍA Y OTROS.DEMANDADO: MUNICIPIO DE CONDOTO.Referencia: 15.430. Apelación sentencia indemnizatoria.I. Corresponde a la Sala decidir el recurso de apelación interpuesto por la demandante frente a la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Chocó, el día 1 de julio de 1998, mediante la cual denegó las pretensiones de la demanda y condenó en costas a la parte actora.II. ANTECEDENTES PROCESALES:A. DEMANDA:La presentaron el día 30 de agosto de 1993, en ejercicio de la acción de reparación directa, los señores Roberto Castaño Álvarez, Elvia Mejía de Castaño; Elvia Farith, Magnolia, Ana Lucía y Luis Aníbal Castaño Mejía, por medio de apoderado, y la dirigieron frente al Municipio de Condoto (Departamento del Chocó).B. PRETENSIONES: “PRIMERO. Que el municipio de Condoto Chocó es responsable de todos los daños y perjuicios ocasionados a los demandantes en el proceso de la referencia, por razón de un incumplimiento ‘legal’ por parte del Alcalde, el señor Jorge Córdoba Aguilar al no evitar la indebida explotación en la zona afectada y por su negligencia al tomar correctivos equivocados que fueron los que más perjudicaron a mis prohijados. SEGUNDO. Que como consecuencia de la anterior declaración se condene al municipio de Condoto Chocó a pagar a mis patrocinados: POR CONCEPTO DE DAÑO EMERGENTE: 140 hs de pasto: 60’.000.000,oo (sesenta millones). 30.000 árboles de borojó: $30’.000.000 (treinta millones de pesos). Se inundaron seis pozas de criaderos de peces alevinos: $40.000.000,oo (cuarenta millones de pesos). Se inundaron 10.000 palos de cacao: $10’.000.000.,oo (diez millones de pesos). POR CONCEPTO DE LUCRO CESANTE: De enero de 1992 hasta la fecha se han dejado de percibir por mis mandantes la suma de $20’.000.000,oo (veinte millones de pesos). TOTAL: $160.000.000,oo (ciento sesenta millones de pesos)” (fols. 8 y 9).C. HECHOS: “1. Mis mandantes son propietarios de unos terrenos adjudicados a ellos por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria INCORA ubicados en el municipio de Condoto Chocó, así: a) ELVIA FARITH CASTAÑO MEJÍA: Se le adjudica mediante resolución 0268 de 20 de marzo de 1992, un terreno baldío denominado ‘Finca La Elvirita’, ubicado en la vereda Barbarita del Municipio de Condoto Chocó, cuya extensión aproximada es de 85 hectáreas, con 7.500 mts cuadrados, y con los siguientes linderos: Punto de partida: Se tomó como punto de partida el punto 45 ubicado al noroeste del predio donde concurren los colindantes de baldíos improductivos; quebrada “Los Negros” al medio en parte, zona de carreteable Condoto - Andagoya y la interesada. Colinda así: este y sur: Con zona carreteable Condoto Andagoya, del punto 45a al punto 24b en 1.911 mts. Sur Oeste, Oeste y Norte: Con baldíos improductivos, del punto 24b al 45a lugar de partida; quebrada ‘Los Negros’ al medio en parte; camino al medio en parte, en 2.222 mts y cierra polígono. b) ANA LUCÍA: Se le adjudica mediante resolución 0287 de 20 de marzo de 1991, un terreno baldío denominado La Anita, con una extensión aproximada de 58 hts con 8.666 mts cuadrados, y con los siguientes linderos: Punto de partida: Se tomó como punto de partida el punto 67 ubicado al oeste del predio donde concurren las colindancias de baldíos nacionales, Elvia Farith Castaño y el interesado. Colinda así: Oeste y norte: Con Elvia Farith Castaño Mejía del punto 67 al punto 11 en 1.179,16 mts carreteable a la mina al medio del punto 37 al punto 77, carreteable al aeropuerto del punto 77 al punto 1, Roberto Álvarez y Elvia Mejía de Castaño del punto 1 al punto 33 en 1.697,64 mts, antiguo camino a Jigualito al medio. Este y sur: Con baldíos nacionales del punto 33 1 punto 67 lugar de partida en 1.529,35 mts quebrada angosur al medio, y del punto 33 al punto 34 y encierra el polígono. c) LUIS ANÍBAL: Se le adjudica mediante resolución 0552 de 8 de marzo de 1992 un terreno baldío denominado ‘La Mina’, en el municipio de Condoto Chocó y cuya extensión aproximada es de 19 hs y alinderado así: Punto de partida: Se tomó como punto de partida del delta 39 ubicado al noroeste del predio donde concurren los colindantes de Roberto Castaño, con Callejón al medio, zona de carretera el Aeropuerto - la tres y el interesado. Colinda así: Norte y Este: Con zona de carretera aeropuerto - La Tres, del delta 39 al detalle 11 en 844 mts. Sur: Con terrenos improductivos, del detalle 11 al delta 27 punto de (sic) en 627 mts, comunica con el medio en parte. Oest...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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