desde 21 de Septiembre 1950
Último Documento: 23 de Febrero 2009
CUENTA ADICIONAL ADUANERA - Constituye título ejecutivo al contener una obligación clara, La decisión de los recursos en vía gubernativa a través de los actos administrativos que los resuelven no significa que el acto definitivo, esto es, el que pone fin a la actuación administrativa (artículo 50 del Código Contencioso Administrativo) constituya un título ejecutivo complejo con los actos con los cuales éste adquiere firmeza; sencillamente, el acto definitivo y los actos que resuelven los rec...
ESCRITURA PUBLICA - Definición; El artículo 13 del Decreto 960 de 1970 establece que “La escritura pública es el instrumento que contiene declaraciones en actos jurídicos, emitidas ante el notario, con los requisitos previstos en la ley y que se incorpora al protocolo”; y como tal, es decir, como instrumento, tiene el carácter de requisito ad substantiam actus y ad probationem. El primero está consagrado en el artículo 12 ibídem en tanto dispone que “Deberán celebrarse por escritura pública t...
La Sala reitera su criterio en el sentido de que las certificaciones y registros sanitarios del INVIMA o del Ministerio de Salud no pueden ser descalificados “ab initio”, puesto que provienen de la autoridad competente para determinar, mediante el registro sanitario respectivo, la naturaleza de los productos que se encuentren sometidos a su control y vigilancia, entre otros, de los medicamentos, según lo preceptuado en los artículos 245 de la Ley 100 de 1.993 y 2 numeral 1 del Decreto 1290 d...
En el caso sub examine, la Sala encuentra demostrado que los productos cuyo principio activo es: Aciclovir (250 mg vial), Tioguanina (40 mg tab), Fluticasona propionato (0.05 g crema), Clobetasol 17 propionato (0.05 g Loción), Atracurio besilato (25 mg inyectable) y Fosfato tricalcico (9% jarabe), clasificados en la partida arancelaria 30.04, no tienen producción nacional registrada en el Ministerio de Comercio Exterior, según lo certificó el Jefe Grupo de Origen y Producción Nacional en el o...
INDEBIDA ACUMULACION DE PRETENSIONES - Requisito formal de la demanda. La competencia territorial en los procesos ejecutivos contractuales de conocimiento de esta jurisdicción la determina el lugar donde se ejecutó o debió ejecutarse el contrato (lit. d, num. 2, art. 134 D C. C. A). Por lo tanto por ese aspecto el Tribunal Administrativo de Cundinamarca carece de competencia para conocer de algunas de las pretensiones ejecutivas de la demanda, toda vez que éstas tienen origen en varios contr...
REESTRUCTURACION DE ENTIDADES DISTRITALES - Facultad del alcalde para variar internamente aspectos orgánicos,SUPRESION, Visto el objeto y contenido de los decretos distritales impugnados, la Sala halla que se encuadran en la materia y alcance de las atribuciones previstas en las normas transcritas (D.L. 1421 de 1993 artículos 38-9 y 55), esto es, en primer lugar, suprimir, fusionar y reestructurar dependencias en las entidades de la administración central, que en este caso se trata de depende...
REVISOR FISCAL DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD - Actividades que comprende: Lo relativo a la evaluación de la gestión de los administradores, de los procedimientos empleados en materia de recursos humanos, económicos, financieros, técnicos y físicos, no resulta ajena a las funciones que a los revisores fiscales les atribuye el Código de Comercio, en la medida en que, como quedó visto, éstos deben cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajus...
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL - Reposición de gastos por curules obtenidas por coaliciones o alianzas: Del análisis que hace la Sala a la norma legal transcrita no deduce, como lo hace la entidad demandada, que la voluntad del legislador sea la de excluir de la distribución de dineros del Fondo creado para la Financiación de los Partidos y Movimientos Políticos, en el porcentaje del 50% allí indicado, a aquellos que hayan obtenido curules en virtud de alianzas o coaliciones. Asistió razón al a q...
CAUCION - Oportunidad.MEDIDAS CAUTELARES - Caución. El demandado puede aún antes de la notificación del mandamiento de pago y como medida preventiva, solicitar que le sea fijada una caución con el fin de evitar que le embarguen y secuestren sus bienes, y eso fue precisamente lo que en el presente caso hicieron las aseguradoras: elevaron solicitud al juez para que les fuera señalado el monto de la caución con ese fin, pidiendo así mismo que se abstuviera de decretar las medidas preventivas de ...
Si bien es cierto que el demandante señaló que la incompatibilidad se encontraba regulada en el artículo 45, numeral 4, de la Ley 136 de 1994, no lo es menos que, conforme lo observó el a quo, los hechos indicados en la demanda como constitutivos de la causal alegada encajan perfectamente en el inciso 2º del artículo 45, ibídem, razón por la que acertadamente el Tribunal analizó la situación a la luz de esta última norma, en cumplimiento de su deber legal de interpretación de la demanda. Par...
Se observa que la Sala es competente para decidir los recursos de apelación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 505 del Código de Procedimiento Civil anterior a la reforma introducida por la Ley 794 de 2003, puesto que fueron interpuestos antes de la entrada en vigencia de la misma, cuando era admisible el recurso de apelación en contra del mandamiento de pago.PROCESO EJECUTIVO CONTRACTUAL - Contrato de seguro.CONTRATO DE SEGURO - Decreto ley 222 de 1983 artículo 70Uno de los ar...
Sentencia nº 25000-23-26-000-1996-01916-01 de Consejo de Estado, Seccion Tecera, de 31 de Marzo 2005
Sentencia nº 25000-23-26-000-1996-01916-01 de Consejo de Estado, Seccion Tecera, de 31 de Marzo 2005
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO - Decreto ley 222 de 1983.CONTRATO DE ARRENDAMIENTO - Prórroga automática.PRINCIPIO DE LEGALIDAD - Contrato de arrendamiento. El contrato de arrendamiento que se celebró el 10 de enero de 1991 por la Beneficencia de Cundinamarca, inicialmente con dos particulares y el cual fuera cedido posteriormente a otro (fl. 4 a 12), estaba sometido al decreto ley 222 de 1983, normatividad bajo la cual resultaban extrañas en los contratos de esta clase -porque estaban expresament...
INDEBIDA ACUMULACION DE PRETENSIONES - Inexistencia. En este caso la actora solicita la nulidad de dos actos administrativos proferidos por autoridades distintas, es decir, dirige su demanda contra dos demandados que se han pronunciado sobre el mismo asunto por él solicitado. Esto es posible de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anteriormente trascrito, cuyo fundamento descansa en el interés de los litigantes y en el público, de que no se formen diferentes procesos para ventilar simultán...
En relación con el cálculo de los días de extemporaneidad, la Sala, en la sentencia que se ha venido reiterando, precisó: "... modifica la Sala su criterio pues considera que la sanción pecuniaria diaria por extemporaneidad que debe aplicarse a las entidades recaudadoras, corre a partir del día siguiente al del vencimiento del término para la entrega y hasta el día en que se complete ésta sobre la totalidad de la información correspondiente a un mismo día de recaudo. Se precisa que el cálc...
PRUEBA TRASLADADA - Testimonio rendido ante la Justicia Penal Militar.PRUEBA TRASLADADA - Pruebas practicadas en investigación disciplinaria. Respecto de los testimonios rendidos ante la jurisdicción penal militar, se debe tener en cuenta lo afirmado por la Sala en otras ocasiones, en el sentido de que, en casos como el que es objeto de estudio, tales pruebas pueden ser valoradas, pues se practicaron con audiencia de la parte contra quien se aducen. Por otra parte, en relación con las prueba...
TEORIA DE LA SUSTRACCION DE MATERIA - Se utilizaba frente a actos derogados produciendo fallos inhibitorios; Pese a que la Instrucción Administrativa No. 09 de 1999 fue derogada por la Instrucción Administrativa 01-46 de 2001 (8 de junio), siguiendo su reiterada jurisprudencia la Sala se pronunciará de fondo, en atención a los posibles efectos que pudo producir durante su vigencia. En efecto, en sentencia de 23 de febrero de 1996 prohijó la tesis sobre la sustracción de materia expuesta por ...
PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE - Negada por falta del requisito de edad.DOCENTE - No reconocimiento de pensión de jubilación a la edad de 50 Antes de la vigencia de la Ley 33 de 1985, la norma aplicable en el ámbito prestacional para los empleados de los niveles departamentales y municipales era la Ley 6ª de 1945, precepto que establecía como requisito para tener derecho a la pensión, sin distingo de sexo, llegar a la edad de 50 años y haber laborado 20 años de servicio continuo o discontin...
Sea lo primero poner de presente que, contrariamente a lo afirmado por la actora, la suscripción del Acuerdo de Coexistencia con ROBERT BOSCH GMBH no hace que el signo BSCH per se sea registrable en la Clase 35 Internacional, ni prueba que las semejanzas entre los signos no sean capaces de inducir al público en error. El Acuerdo de Coexistencia connota la percepción sobre el riesgo de confusión de quienes lo suscriben. En modo alguno conlleva las consecuencias que le atribuye la actora, pues,...
PRESTAMO OTORGADO POR ENTIDAD FINANCIERA - Para la deducción del artículo 117 del E.T. Implica que en principio todos los contribuyentes del impuesto de renta (personas naturales y jurídicas), tienen derecho a la deducción de los intereses pagados a las entidades vigiladas por la Superbancaria, cualquiera sea la naturaleza del crédito otorgado (hipotecario, o de libre inversión), siempre y cuando tengan relación de causalidad con la renta declarada y se acredite el pago con la certificación...
PENSION GRACIA – Sustitución pensional.SUSTITUCIÓN PENSIONAL –SUSTITUCIÓN PENSIONAL –PENSION GRACIA – En el caso de autos se pretende la sustitución a la cónyuge supérstite (por vía judicial) de la pensión de jubilación gracia reconocida al Señor José Ramón Fonseca Brito (q.e.p.d.). Se precisa que el docente fallecido tenía el reconocimiento de la pensión especial y, ahora, la CÓNYUGE SUPÉRTITE DEL CAUSANTE la reclama con fundamento en la Ley 12/75 y también porque las leyes que regulan esta...
Sentencia nº 11001-03-27-000-2004-00023-01 de Consejo de Estado, Seccion Cuarta, de 31 de Marzo 2005
SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO - Para configurarse se requiere que el contrato de estabilidad tributaria se perfeccionara dentro de los 2 De acuerdo con las anteriores circunstancias, para la Sala no se configuró el silencio administrativo positivo, de acuerdo con los requisitos del artículo 240-1 del Estatuto Tributario, toda vez que, como lo señaló el Ministerio Público, esta disposición no exige que el contrato de estabilidad tributaria deba perfeccionarse dentro de los dos meses siguien...
CORRECCION MONETARIA - Lo regulado por la Ley 9 de 1983RENDIMIENTOS FINANCIEROS EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA - La parte exenta determinada en la Ley 9 de 1983EXENCION EN INDUSTRIA Y COMERCIO - La referente a la Corrección Monetaria no puede tomarse la prevista en la Ley 9 de 1983IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - Para determinar la parte exenta de la corrección monetaria no puede tomarse la Ley 9 de 1983 La Ley 9ª de 1983 artículo 31, aplicable en el impuesto sobre la renta, regulaba un bene...
Sentencia nº 25000-23-27-000-2002-90428-01 de Consejo de Estado, Seccion Cuarta, de 31 de Marzo 2005
En la sentencia de 9 de octubre de 2003 citada, precisó que de conformidad con el artículo 676 del Estatuto Tributario, las entidades autorizadas para el recaudo de tributos, pueden ser sancionadas por el retraso en la entrega, ya sea de los documentos recibidos o de la información en medios magnéticos y agregó que para el cálculo de la sanción es determinante el número de días que transcurran a partir del siguiente a la fecha límite de entrega y hasta el día en que se complete la entrega de ...
Sentencia nº 250002327000200302261 01 de Consejo de Estado, Seccion Quinta, de 23 de Marzo 2005
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Procedencia.INHABILIDAD DE CONCEJAL - Configuración.EJERCICIO DE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA - Gerente de ESE.GERENTE DE ESE - Ejercicio de autoridad administrativa en entidad departamental.ENTIDAD TERRITORIAL - Ejercicio de autoridad administrativa. Conforme al cargo formulado el demandado estaba inhabilitado para ser elegido concejal del municipio de Plato en las elecciones de octubre de 2003, porque su hermano Yusif Atala Elías ejerció en la misma localidad, den...
DEDUCCION POR INTERESES PAGADOS A ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERBANCARIA - Procede conforme al artículo 117 del E.T.INTERESES PAGADOS A ENTIDAD FINANCIERA - Los requisitos para su deducibilidad son los previstos en el artículo 117 del E.T.De acuerdo con lo previsto en el artículo 117 del Estatuto Tributario, en su versión aplicable al año gravable 1996, “Los intereses que se paguen a entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria son deducibles en su totalidad, sin pe...
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Procedencia.INHABILIDAD DE CONCEJAL - Configuración. Se impetró demanda de nulidad electoral contra el acto de elección del ciudadano Juver Orlando García Vargas, como concejal por el municipio de Tunja, para el período constitucional 2004-2007. La acusación se fundamenta en que el accionado no podía ser elegido para esa dignidad por estar incurso en la causal de inhabilidad prevista en el numeral 4º del artículo 43 de la ley 136 de 1994, modificado por la ley 6...
NULIDAD ELECCION DE ALCALDE - Improcedencia.AUTORIDAD ADMINISTRATIVA - Concepto. No se configura por desempeño como almacenista municipal. La demandante sostiene que con la declaratoria de elección demandada se infringieron los artículos 293 de la Constitución Nacional; 37 numeral 2° de la Ley 617 de 2000 y 190 de la Ley 136 de 1994. Contrario a lo que aconteció con el primero, el segundo hecho aducido por la accionante aparece demostrado en el proceso, pues en certificación de 25 de marzo de...
INVIMA - Sanción de multa, decomiso y destrucción de productos: El INVIMA le impuso a la actora una multa por valor de cinco mil (5000) salarios mínimos diarios legales; ordenó el decomiso y destrucción de los productos objeto de la medida sanitaria de congelación, por carecer de registro sanitario y ordenó la destrucción de los productos decomisados que se encontraron contaminados con fluidos corporales. En esencia, la actora considera que le fue violado su derecho de defensa, pues no fuero...
NULIDAD DE LOS ACTOS TRIBUTARIOS - En la jurisdicción se estudian las causales de nulidad de los artículos 730 del Estatuto Tributario y 84 del C.C.A.HECHOS NUEVOS - No pueden plantearse ante la jurisdicción, De conformidad con los términos del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, debe la Sala decidir la excepción de inepta demanda por indebido agotamiento de vía gubernativa al aducirse hechos nuevos ante la jurisdicción. Así mismo, objeta el ente fiscal la prescripción de...
Sobre las palabras en idioma extranjero, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en la interpretación rendida en este proceso, sostuvo: “Las palabras en idioma extranjero y su significado se presume que no son de conocimiento común, por lo que, al formar parte de un signo pretendido para ser registrado como marca, se las considera como signos de fantasía, procediendo en consecuencia su registro. Sin embargo, existen palabras extranjeras en que tanto su conocimiento como su significad...
Los antecedentes anotados permiten a la Sala concluir que carece de fundamento el cargo, pues en primer término es evidente que la sociedad tuvo pleno conocimiento del informe técnico a que se refiere la resolución de reposición, hasta el punto de haber participado directamente en la diligencia. Igualmente se observa que el informe técnico que se cita en la resolución de apelación, fue precisamente provocado por la intervención de la sociedad y en su propio beneficio, toda vez que le permit...
PROCESO ELECTORAL - Configuración de indebida acumulación de pretensiones.INDEBIDA ACUMULACION DE PRETENSIONES - Configuración. Con la demanda entre otra, se pretende la nulidad de la decisión a través de la cual se declaró la falta absoluta del Alcalde del Municipio de Tumaco. Para la Sala es claro que el análisis solicitado por los demandantes en orden a resolver la pretensión formulada no puede plantearse a través del ejercicio de la acción pública de nulidad electoral, pues escapa al obje...
FONDOS DE EMPLEADOS - Sus actividades comerciales no estaban exentas en el D.C. hasta el año gravable 2000IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EN EL D.C.Ha sostenido el actor, tanto en vía gubernativa como ante la jurisdicción, que los ingresos declarados como gravados corresponden a la venta de electrodomésticos y televisores, actividad que tiene naturaleza comercial y constituye hecho generador del impuesto a la luz de los artículos 32 de la Ley 14 de 1983 y 1 del Acuerdo 21 de 1983, por lo q...
NULIDAD ELECCION DE DIPUTADOS - Improcedencia.EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD - Inaplicación parcial del artículo 27 del Decreto 1222 de 1986.ASAMBLEAS DEPARTAMENTALES - Normas que regulan determinación del número de diputados.INCONSTITUCIONALIDAD SOBREVINIENTE - Decreto 1222 de 1986: Conforme a los anteriores razonamientos, no existe fundamento alguno para declarar la nulidad del acto de elección de Diputados a la Asamblea Departamental del Caquetá para el periodo 2004-2007, expedido por ...
NULIDAD ELECCION DE PERSONERO DISTRITAL - Improcedencia.PERSONERO DISTRITAL - Régimen de inhabilidades.REGIMEN DE INHABILIDADES - Personeros municipal y distrital: diferencias.PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD - Aplicación. Inhabilidad de personero distrital no se regula por lo dispuesto en la ley 136 de 1994En el Título VI del Decreto 1421 de 1993, entre los artículos 96 y 104, se reglamentó todo lo relacionado con la Personería de Bogotá D.C., esto es, se expidió el régimen de esa Personería, norma...
PREJUDICIALIDAD ADMINISTRATIVA - Improcedencia de la suspensión del proceso electoral por prejudicialidad.PRINCIPIO DE INTEGRACION NORMATIVA - Inaplicación del artículo 267 del Código Contencioso Administrativo al proceso electoral. La institución de la prejudicialidad administrativa se halla regulada en el numeral 2º del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, modificado por el Decreto 2282 de 1989, artículo 1º numeral 88, y ordena suspender la actuación “cuando la sentencia que deba...
NULIDAD ELECCION DE ALCALDE - Improcedencia.COINCIDENCIA DE PERIODOS - Inexistencia. Desempeño de cargos consecutivamente:INELEGIBILIDAD SIMULTÁNEA – Alcance de la prohibición. El cargo de nulidad del acto electoral acusado se funda en la prohibición establecida en el inciso primero del artículo 44 de la Ley 136 de 1994. Afirma el actor que el alcalde demandado no reunía las calidades constitucionales y legales para ser elegido en ese cargo por haber sido elegido concejal del mismo municipio ...
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Procedencia. El legislador señaló como causal de inhabilidad para ser inscrito o elegido concejal, el hecho de haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, con la excepción de los delitos políticos o culposos. De modo que para que se configure la causal de inhabilidad invocada es necesario demostrar la existencia de la condena que reúna los siguientes supuestos: i) que se hubiere producido en cualquier época, pero antes de la insc...
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Improcedencia. El demandante considera que el acto electoral impugnado debe anularse porque el demandado se encontraba inhabilitado para ser elegido concejal del Municipio de Cáqueza, puesto que, al momento de la inscripción de su candidatura, se encontraba vigente el contrato celebrado entre ese Municipio y su esposa. En ese sentido, considera que la elección acusada contraviene lo dispuesto en los artículos 316 de la Constitución Política; 43, numerales 2° y 7...
NULIDAD ELECCION DE DIPUTADO - Improcedencia.EJERCICIO DE AUTORIDAD - Requisitos para que se configure inhabilidad de diputado. La inhabilidad que según la demanda vicia de nulidad el acto declaratorio de la elección del señor Carlos José Pepín Romero como Diputado del Departamento del Magdalena, es la prevista en el artículo 33.3 de la Ley 617 de 2000. Para que se configure dicha inhabilidad se requiere que el diputado cuya elección se demanda haya tenido la calidad de empleado público dentr...
Las anteriores experticias fueron objetadas por error grave, razón por la cual se decretaron dos nuevos dictámenes. En el que aparece a folios 390 a 406 se concluyó: “Las marcas HALITOS y HALLS presentan similitud gráfica, fonética, visual y conceptual. “1. Gráficamente las marcas son similares, la marca HALITOS reproduce casi en su totalidad a la marca HALLS. Manejando el mismo orden en la escritura de vocal y consonantes, adicionando las letras ‘ITO’. “2. Fonéticamente las marcas son simila...
NULIDAD ELECCION DE DIRECTOR DE LA CAR - Improcedencia.ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL - Legalidad del acto que no fue publicado.CONCURSO DE MERITOS - Aplicación de acto administrativo que no fue publicado. El ciudadano José Agustín Angulo Miranda demandó ante esta Corporación la nulidad del acto de elección del Director General de la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique, para el período 2004-2006. Por los fundamentos mismos de la censura, entiende la Sala que la supuesta nulidad se ...
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Improcedencia. Para los accionantes el acto de elección de la ciudadana Dora Lucía Ramos Múnera, como concejal del municipio de Armenia, debe anularse, en primer lugar, porque su activa intervención en el programa institucional denominado “Mi mundo es mi barrio”, la puso en situación ventajosa frente a los demás candidatos, pues desde allí, y con el auspicio del alcalde municipal de Armenia, hizo campaña electoral, situación que la hizo incurrir en la causal de ...
La Sala despachará negativamente el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, primero porque parte de una premisa falsa al señalar que el Tribunal debió acoger la suma de $ 600.000.000,oo para la liquidación del daño emergente puesto que así lo había dispuesto el Consejo de Estado en las pautas indicadas en la sentencia respectiva. En dicha oportunidad el Consejo de Estado indicó que por daño emergente el valor de las mercancías pérdidas no podían exceder de $ 600.000.000,oo, pa...
La razón jurídica de la integración del litis consorcio necesario se sustenta, como su nombre lo indica en la necesaria e indispensable presencia de todas las personas para fallar de fondo, cuando el juicio verse sobre relaciones o actos jurídicos respecto de los cuales, por su naturaleza o por disposición legal, no fuere posible resolver de mérito sin la comparecencia de todos (arts. 51 y 83 C. P. C). La citación del litis consorte necesario después de admitida la demanda debe hacerse o de ...
CONSORCIO - Personería jurídica.UNION TEMPORAL - Personería jurídica.CAPACIDAD PROCESAL - Consorcio. La Sala ha dicho, en forma reiterada, que la Corte Constitucional ha dejado claro que tanto los consorcios como las UNIONES TEMPORALES son asociaciones carentes de personería jurídica y que la representación que prevé la ley se establece para efectos de la adjudicación, celebración y ejecución de los contratos. Por lo tanto, el no constituir la UNIÓN TEMPORAL una persona jurídica diferente de...
ACCION DE REPARACION DIRECTA - Objeto.ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Objeto. Causa. El Código Contencioso Administrativo establece que mediante el ejercicio de la acción de reparación directa la persona interesada puede demandar directamente la reparación del daño cuando la causa sea un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente de un inmueble por causa de trabajos públicos o por cualquiera otra causa (art. 86) y que mediante el e...
CONTRATO ESTATAL - Excepción parágrafo del artículo 32 de la Ley 80 de 1993JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Competente. La Sala, en otras oportunidades, ha establecido que si el contrato, en desarrollo de las actividades descritas en el parágrafo 1 del art. 32 de la Ley 80 de 1993, es celebrado por una entidad estatal y un particular, es competente la jurisdicción ordinaria para pronunciarse sobre las controversias que surjan. Ha afirmado que lo que pretende la norma es que los cont...
RECURSO DE REPOSICION - Código Contencioso Administrativo. Del artículo 180 del C.C.A. (modificado por el artículo 57 de la ley 446 de 1998) se deduce la procedencia del recurso de reposición, contra las siguientes providencias: -Proferidas por los Tribunales, en única instancia, y frente a las siguientes decisiones: Los autos de mero trámite que dicta el ponente. Los autos interlocutorios dictados por las secciones de los Tribunales, o por las salas de los Tribunales en pleno. -Proferidas p...
LLAMAMIENTO EN GARANTIA - Prueba sumaria del derecho contractual o legal. El Código Contencioso Administrativo sobre la figura del llamamiento en garantía dispone: “ARTÍCULO 217. En los procesos relativos a controversias contractuales y en los de reparación directa, la parte demandada podrá, en el término de fijación en lista, denunciar el pleito, realizar el llamamiento en garantía o presentar demanda de reconvención, siempre que ello sea compatible con la índole o naturaleza de la jurisdic...
Es distinto cuando habiéndose pactado cláusula compromisoria y una de las partes acude al juez natural renunciando de ella, la jurisdicción contencioso administrativa ha admitido la demanda; y si el demandado no ataca la jurisdicción el conflicto queda definitivamente en ésta: su juez natural. En tal sentido se ha dicho que el hecho que habilita la constitución de un tribunal de arbitramento para dirimir cualquier conflicto transigible, en relación con un contrato estatal, se presenta cuando ...
La doble instancia es una garantía procesal que otorga el legislador a ciertos procesos, que de acuerdo al contenido patrimonial que revisten, dan la facultad a las partes para que sea el superior jerárquico el que revise las actuaciones emitidas por quien tiene en principio competencia del caso, en procura de la obtención de la equidad y la justicia. Para la Sala, el auto recurrido está ajustado a derecho en la medida que atiende lo establecido en la ley, ya que tuvo en cuenta el valor de l...
TESTIMONIO - Requisitos de procedencia. Dentro de los medios probatorios establecidos en el Código de Procedimiento Civil, se encuentra la prueba testimonial que consiste en la declaración de un tercero ajeno al proceso, pero que puede tener conocimiento sobre determinados hechos personales o ajenos que podrían ser relevantes dentro del mismo, sin que de su dicho se puedan deducir las consecuencias de la confesión. Cómo requisitos para su procedencia, el legislador estableció que cuando se pi...
La perención es una forma extraordinaria de terminar el proceso, que busca sancionar al demandante particular que no ha cumplido con su carga procesal de vigilancia del mismo y ha permitido su paralización en la secretaria del despacho por seis o más meses.La recta inteligencia del artículo 208, en cuanto frente a la admisión de la aclaración o corrección de la demanda dispone que se ordene la actuación prevista en el artículo 207, es la que se debe proceder a: i) notificar esa decisión de ma...
El daño proviene de un acto administrativo cuya ilegalidad se acusa, la declaratoria de nulidad de dicho acto es indispensable para que pueda abordarse el tema de la reparación del daño. Además, cabe señalar que aunque el acto sea declarado nulo no implica necesariamente el restablecimiento del derecho, porque en cada caso el actor tienen la carga de probar el daño sufrido. En el caso concreto, la demandante solicita en ejercicio de la acción de reparación directa que se le indemnicen los per...
COMPETENCIA FUNCIONAL - Nulidad insaneable. En materia de nulidades procesales, el Código de Procedimiento Civil enseña que en cualquier estado del proceso, antes de dictar sentencia, el juez deberá declarar de oficio las nulidades insaneables que observe (art. 145); que el proceso es nulo en todo o en parte, entre otros, cuando el juez carece de competencia (num. 2 art. 140 C. P. C). Igualmente prevé, que “No podrán sanearse las nulidades de que tratan las nulidades 3 y 4 del artículo 140,.....
ACCION DE REPARACION DIRECTA - Término de caducidad. Se trata, en efecto, de pretensiones referidas a la declaración de responsabilidad de la Nación por el perjuicio causado como consecuencia de una omisión administrativa: la falta de pago del reaforo correspondiente a los años 2000 y 2001; de ahí que el término de caducidad previsto en el artículo 136 del C.C.A., para la acción de reparación directa, debe empezar a contarse a partir del plazo máximo señalado en la ley para dicho pago, puesto...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Carácter sustancial del artículo 31NORMA SUSTANCIAL - Tiene este carácter el artículo 31 del Tratado de Creación del Tribunal Andino. Decisión 85 El impugnante considera que el fallo suplicado violó directamente, por falta de aplicación, el artículo 31 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, por cuanto no adoptó la interpretación prejudicial del referido Tribunal en relación con el alcance de los artículos 3, 4 literal d) ...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA - Requisitos de procedencia. Contrariedad jurisprudencial: De acuerdo con el texto de la impugnación de fecha 22 de julio de 1996, que se interpuso antes de la expedición de la Ley 446 de 1998, el recurso extraordinario de súplica procede cuando el fallo de Sala de Sección sea contrario a la jurisprudencia de la Sala Plena Contenciosa de la Corporación, o porque sin contradecirla, resulte necesario modificar el contenido jurisprudencial. En el presente caso,...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Improcedencia.CONCEJO MUNICIPAL - Competencia para reglamentar usos del suelo.DERECHO DE PROPIEDAD - Limitaciones. Declaratoria de patrimonio urbano arquitectónico.PATRIMONIO URBANO ARQUITECTONICO - Eventos de procedencia y efectos de su declaratoria. Limitación del derecho a la propiedad:DERECHO DE PROPIEDAD - Limitación.PRINCIPIO DE IGUALDAD FRENTE A LAS CARGAS PUBLICAS - Rompimiento. Los argumentos expuestos en la sentencia S-738 del 99/12/06 de Sala Ple...
Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-01130-00(C) de Consejo de Estado, de 15 de Marzo 2005
ACCION DE DEFINICION DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS - Requisitos para que se configure conflicto.CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS - Inexistencia. El Legislador instituyó la presente acción con fundamento en la existencia de dos supuestos: i) un conflicto y ii) una actuación. En efecto, esta Corporación ha expresado que la disposición que la regula ha señalado un trámite preciso para esta acción, en el que debe haber una manifestación expresa de los funcionarios u organismos administ...
Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-00840-00(S) de Consejo de Estado, de 15 de Marzo 2005
RECURSO ORDINARIO DE SUPLICA - Improcedencia. El problema jurídico propuesto consiste en determinar si la actora está legitimada para promover, a través de apoderado, el conflicto negativo de competencias administrativas, en su calidad de beneficiaria de la pensión de jubilación que ha reclamado sin éxito ante dos autoridades administrativas que se han declarado incompetentes para resolver su petición. La Sala Plena en reiteradas oportunidades ha determinado que sólo las entidades públicas so...
NULIDAD ELECCION DE ALCALDE - Improcedencia. Para la Sala es evidente que ninguna de las normas que se invocan en la demanda contempla como inhabilidad el hecho de que el candidato tenga investigaciones en su contra, que es el supuesto fáctico a partir del cual el demandante estructura el cargo formulado contra el acto de elección acusado. Lo anterior sin dejar de lado el hecho de que las causales de inhabilidad para ser elegido alcalde a que se refiere la Ley 78 de 1986 se entienden derogada...
NULIDAD ELECCION DE ALCALDE - Improcedencia.PRINCIPIO DE EFICACIA DEL VOTO - Presupuestos para que se declare nulidad de elección popular.TRASTEO DE VOTOS - Presupuestos para que se configure.RESIDENCIA ELECTORAL - Características. Según planteamientos de los demandantes, en las elecciones celebradas el 26 de octubre de 2003 en el Municipio de La Gloria sufragaron varias personas que no residen en esa localidad. Ello, de un lado, por cuanto varios ciudadanos sufragaron pese a que la inscripci...
ACTO DECLARATORIO DE ELECCION - Nulidad.PERIODO ATIPICO - Configuración.ELECCION DE ALCALDE - Nulidad del acto que declara elección con trasgresión del artículo tercero del Acto Legislativo 02 de 2002. En el presente asunto se trata de averiguar si el período para el que el demandado fue declarado elegido alcalde, resulta conforme o no a las normas que se invocan como vulneradas, por tratarse de aquellos períodos denominados atípicos. Conforme a lo anterior, la Sala infiere tres conclusiones:...
NULIDAD ELECCION DE PERSONERO - Procedencia.FUNCIONARIOS DEL CONCEJO - Conteo del término de tres días, para celebrar elección.CONTEO DE TERMINOS - Elección de funcionarios del concejo:PLAZOS EN DIAS - Conteo del término cuando deben considerarse días feriados y vacantes.CONCEJO MUNICIPAL - Conteo de términos para elección de funcionarios o de periodos de sesiones. El artículo 62 de la ley 4ª de 1913 regula el modo en que deben considerarse los días feriados y vacantes cuando la ley fije plaz...
RECURSO DE ANULACION DE LAUDO ARBITRAL - Causales 4 y 5 del artículo 72 de la Ley 80 de 1993PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - Excepciones. Laudo arbitral. Causales 4 y 5 del artículo 72 de la Ley 80 de 1993INCONGRUENCIA DE LAUDO ARBITRAL - Omisión. Excepción probada. La causal, prevista en el artículo 72, numeral 5º, de la Ley 80 de 1993, junto con la prevista en el numeral 4º del mismo artículo, esto es, haber recaído el laudo sobre puntos no sujetos a la decisión de los árbitros o haberse concedid...
SUCESION PROCESAL - Noción. En cuanto a la sucesión procesal prevista en el artículo 60 del C. de P.C. se observa que fallecido un litigante o declarado ausente o en interdicción, el proceso continuará con el cónyuge, el albacea con tenencia de bienes, los herederos o el curador. De igual manera, esta norma señala que si en el curso del proceso sobreviene la extinción de personas jurídicas o la fusión de una sociedad que figure como parte, los sucesores en el derecho debatido podrán comparec...
La Sala observa que en el presente caso la parte actora no asumió la carga probatoria que le correspondía, pues lo sostenido a lo largo de la actuación procesal no fue acreditado. No debe olvidarse, que es un principio de derecho probatorio, el que para lograr que el juez dirima una controversia de manera favorable a las pretensiones, es menester demostrar en forma plena y completa los actos o hechos jurídicos de donde procede el derecho. Todo esto en virtud de que el Art. 177 del C. de P. C...
TERMINO DE CADUCIDAD - Cómputo. Considera la Sala que no le asiste razón a la parte demandada, al proponer la excepción de caducidad, por cuanto el término para presentar la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Código Contencioso Administrativo, era de dos años contados a partir de la ocurrencia del hecho causante del daño. En el caso concreto si bien la demandante señala como causa del daño la denuncia penal que la entidad formuló en su contra, califica esa denun...
INSUBSISTENCIA DE DETECTIVE - Procedencia por facultad discrecional.DESVIACION DE PODER - Inexistencia. El retiro de los detectives del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS opera entonces, entre otros, cuando el Jefe del Departamento, discrecionalmente considere que su remoción conviene a la entidad. Esta Sala, ya se pronunció en sentencia del 21 de noviembre de 1996, expediente 12176, con ponencia de la doctora Dolly Pedraza de Arenas y el mismo criterio fue expuesto por la Corte...
NULIDAD ELECCION DE ALCALDE - Improcedencia. Como causal de inhabilidad, el demandante invoca la prevista en el numeral 4 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000. La Ley 136 de 1994 en su artículo 188, definió el concepto de autoridad civil; significa entonces que el ejercicio de autoridad civil comprende facultades de poder y mando, de imposición, de dirección no solo respecto de los subalternos del empleado público que las ejerce, sino también en relación con los particulares a quienes pue...
CONCEJAL - Pérdida de la investidura por celebración de contratos:CELEBRACION DE CONTRATOS - No excluye entidades distintas del orden municipal: En principio, o por regla general, los concejales, en tanto servidores públicos se encuentran cobijados por la incompatibilidad o prohibición establecida en el artículo 127 de la Constitución Política, salvo que exista norma especial para ellos que regule el punto y en ese orden los exceptúe de dicha regla, respecto de lo cual la demandada se remite ...
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Procedencia. El fundamento fáctico de la inhabilidad alegada lo constituye la celebración por parte del demandado de contratos de compraventa de insumos con el Municipio de la Vega, dentro del año anterior a su elección como concejal del mismo municipio, en su condición de Gerente y representante legal de la Cooperativa denominada COOTRANS LA VEGA. Se confirmará la decisión impugnada que declaró la nulidad de la elección del señor Ramiro Octavio Sánchez Zúñiga c...
BENEFICIO DE AUDITORIA POR EL AÑO 1998 - Requisitos: incrementar el impuesto en un 30FIRMEZA DE LIQUIDACION PRIVADA EN BENEFICIO DE AUDITORIA - Al cumplir con los requisitos del artículo 22 de la Ley 488 de 1998, era de 6BENEFICIO DE AUDITORIA POR EL AÑO 1998 - Operó a los seis meses de presentada la declaración por ese año gravable siempre que se cumplieran los requisitos de la Ley 488 de 1998 Implica que una vez verificados los presupuestos que hacían viable el beneficio, esto es el increm...
NULIDAD ELECCIÓN DE CONCEJAL - Improcedencia.AUTORIDAD MILITAR - Requisitos para que se configure inhabilidad de concejal.INTENDENTE DE POLICÍA - Naturaleza del cargo.POLICÍA NACIONAL - Naturaleza. Para que se configure la causal de inhabilidad prevista en el numeral 4° del artículo 43 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 40 de la Ley 617 de 2000, debe tenerse en cuenta que (i) la autoridad militar sólo la ostentan los oficiales en servicio activo de las Fuerzas Militares y los s...
NULIDAD ELECCIÓN DE CONCEJAL - Improcedencia. Inexistencia de violación del principio de publicidad.PRINCIPIO DE PUBLICIDAD - Inexistencia de violación.ELECCIÓN DE CONCEJAL - Empate entre candidatos.EMPATE - Candidatos a concejo. Contrario a lo afirmado por la parte demandante, la publicidad del proceso de escrutinio no fue quebrantada y prueba de ello es la misma acta de escrutinio elaborada por la Comisión Escrutadora Municipal, donde se dispuso el reconteo de la votación de algunas mesas y...
LLAMADO EN GARANTIA - Conciliación. Es cierto, como lo adujo la compañía Seguros del Estado S.A., en sus alegatos de conclusión ante esta instancia, que la Sala en 1997, consideró que en el caso de que las partes lleguen a un acuerdo conciliatorio no es posible continuar el proceso frente al llamado en garantía, dado que el presupuesto necesario para su procedencia es la condena contra la entidad y en el caso de las conciliaciones no se produce dicha condena. Sin embargo, dos meses después, l...
Existiendo el deber legal de tener revisor fiscal, era obligatorio para la sociedad demandante, presentar la declaración de industria y comercio con su firma, teniendo en cuenta que dicha exigencia se deriva del artículo 203 del Código de Comercio. Para la Sala el análisis efectuado por el a quo relativo a si a 31 de diciembre de 1995 la empresa registraba ingresos brutos superiores al tope legalmente establecido para determinar si estaba obligado a presentar la declaración firmada por reviso...
EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD - Trámite de ley ordinaria a ley que se ocupó de asuntos propios de ley estatutaria. Artículo 28.2 de la ley 136 de 1994PARTIDO MAYORITARIO ENTRE LAS MINORIAS - Concejo municipal. Inconstitucionalidad: artículo 28.2 de la ley 136 de 1994MESA DIRECTIVA DE CONCEJO - Representación de la minoría política. Objetivo.MINORIA POLITICA - Representación en mesa directiva de concejo. Excepción de inconstitucionalidad frente al artículo 28.2 de la ley 136 de 1994RESERVA...
RECURSO DE ANULACION DE LAUDO ARBITRAL - Causales de anulación. Taxativas.En las causales legales de anulación vigentes para los contratos estatales, contenidas en el artículo 72 de la ley 80 de 1993, sólo se permite la revisión de la decisión arbitral por vicios de fondo y se habilita al juez del recurso extraordinario para entrar a corregir las deficiencias en las causales contenidas en los siguientes numerales: “4. Haber recaído el laudo sobre puntos no sujetos a la decisión de los árbitro...
El tribunal de instancia estableció la responsabilidad de la Administración sobre la base de la presunción de la falla del servicio, por cuanto el daño antijurídico fue causado con un arma de dotación oficial. Este planteamiento no resulta acertado frente a la posición de la Sala, habida cuenta que los daños originados con instrumentos o medios peligrosos encuadran en el título de imputación por riesgo excepcional, siempre que no se advierta alguna falta o falla en el manejo o cuidado de eso...