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Último Documento: 23 de Febrero 2009
GRUPO INTERDISCIPLINARIO - Niega la nulidad de la resolución que crea este grupo en Telecom como apoyo a la gestión administrativa y disciplinaria, Se trata en el presente asunto de establecer la legalidad de la Resolución No. 00100000-0083 del 3 de febrero de 1999 por la cual el Presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones conforma un grupo interdisciplinario de apoyo a la gestión disciplinaria. El debate se contraerá a los motivos de inconformidad expuestos en la demanda, esto es...
RECLAMACION LABORAL - No reconocimiento a docente de primas y quinquenio porque se fundamentan en acuerdos municipales, Se demanda la nulidad del Oficio 00925 de 10 de noviembre de 2000 expedido por el Alcalde municipal de Ibagué por el cual se negó a la demandante el reconocimiento y pago de las primas de año nuevo, semestral, excedente de prima de navidad y prima de antigüedad (quinquenio) creadas mediante acuerdos del Concejo municipal. Las primas demandadas tienen naturaleza prestacional ...
De manera reiterada esta Corporación ha señalado que el acuerdo conciliatorio se someterá a los siguientes supuestos de aprobación: -La debida representación de las personas que concilian. -La capacidad o facultad que tengan los representantes o conciliadores para conciliar. -La disponibilidad de los derechos económicos enunciados por las partes. -Que no haya operado la caducidad de la acción. -Que lo reconocido patrimonialmente esté debidamente respaldado en la actuación. -Que el acuerdo n...
CLAUSULA EXORBITANTE - Contrato de servicio público domiciliario. El contrato objeto de la presente controversia sí contiene cláusulas exorbitantes, las cuales se estipularon en el pliego de condiciones y este hace parte del contrato -por expresa autorización de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA-, en la forma que lo dispone el artículo 31 de la ley 142 de 1994, con la modificación que le introdujo el artículo 3o de la ley 689 de 2001-, razón por la cual, se...
La parte actora solicita la suspensión provisional del Acuerdo No. 1911 del 16 de julio de 2003, expedido por el Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, pero la Sala observa que no se señaló la norma de rango superior con la cual pueda compararse la posible transgresión con la expedición del Acuerdo acusado y tampoco se fundamentó o sustentó dicha solicitud. En consecuencia, la Sala habrá de denegar la medida cautelar, y como quiera que la demanda reúne l...
PENSION DE JUBILACION DE DOCENTE UNIVERSITARIO - Anula el acto de reconocimiento porque el beneficiario no cumplía con el requisito de la edad exigido por la ley. No se trata de una situación definida con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de 1993 No es cierto que por obra de la administración pública y de justicia se le hayan violado los derechos constitucionales a la vida, integridad personal propia y de la familia del recurrente, porque aquí el debate gira en torno a si el acto adm...
En providencia del 5 de noviembre de 2003, la Sala precisó su jurisprudencia en relación con la procedencia del recurso de reposición contra los autos que deciden un recurso de apelación o queja. En efecto, en esa oportunidad se afirmó lo siguiente: “Con fundamento en todo lo anterior la Sala concluye que lo regulado en el Código de Procedimiento Civil respecto de la improcedencia de la reposición de autos que resuelven la apelación o queja es aplicable al proceso contencioso administrativo ...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. NOTA DE RELATORIA: Reiteración sentencia 11001-03-15-000-2001-0256-01(S-064) de 28 de septiembre de 2004. Sala Plena. Ponente: Maria Nohemí Hernández Pinzón. Actor: José Benjamín Romero Espitia. Demandado: Caja Nacional de Previsión Social.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. Considera el libelista que el fallo suplicado al concluir que el tiempo de servicios docentes prestados en planteles nacionales, no es útil para acceder a la pensión gracia, o, dicho lo mismo en otros términos, que los docentes nacionales no tienen de...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. Considera el recurrente que el fallo suplicado al concluir que el tiempo de servicios docentes prestados en planteles de secundaria nacionales, no es útil para acceder a la pensión gracia, o en otros términos, que los docentes nacionales no tienen der...
Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-1075-00(IMP) de Consejo de Estado, de 28 de Septiembre 2004
IMPEDIMENTO DE MAGISTRADOS - Fundado.EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD - Aplicación. De la pérdida de competencia de los magistrados para resolver controversias de funcionarios y empleados judiciales por mandato del artículo 9º del Decreto 2637 de 2004; este Decreto, en su artículo 9° manda a su vez, que el el artículo 61 de la Ley 270 de 1996 tendrá un parágrafo; éste deroga la competencia de los miembros de las Corporaciones Judiciales (Consejo de Estado y Tribunales Administrativos, en nu...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. NOTA DE RELATORIA: Reiteración jurisprudencial sentencia 11001-03-15-000-2002-0023-01(S-135) de 28 de septiembre de 2004. Sala Plena. Ponente: Filemón Jiménez Ochoa. Demandado: Caja Nacional de Previsión Social.
Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-1134-00(IMP) de Consejo de Estado, de 28 de Septiembre 2004
IMPEDIMENTO DE MAGISTRADOS - Fundado.EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD - Aplicación. De la pérdida de competencia de los magistrados para resolver controversias de funcionarios y empleados judiciales por mandato del artículo 9º del Decreto 2637 de 2004; este Decreto, en su artículo 9° manda a su vez, que el el artículo 61 de la Ley 270 de 1996 tendrá un parágrafo; éste deroga la competencia de los miembros de las Corporaciones Judiciales (Consejo de Estado y Tribunales Administrativos, en nu...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. NOTA DE RELATORIA: Reiteración jurisprudencial sentencia 11001-03-15-000-2002-0023-01(S-135) de 28 de septiembre de 2004. Sala Plena. Ponente: Filemón Jiménez Ochoa. Demandado: Caja Nacional de Previsión Social.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. NOTA DE RELATORIA: Reiteración jurisprudencial sentencia 11001-03-15-000-2002-0023-01(S-135) de 28 de septiembre de 2004. Sala Plena. Ponente: Filemón Jiménez Ochoa. Demandado: Caja Nacional de Previsión Social.
CONFLICTO DE COMPETENCIAS - Determinación de la competencia en asuntos para la ejecución o cumplimiento de contratos.CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIAS - Tribunales administrativos de Cundinamarca y Nariño.PROCESO EJECUTIVO CONTRACTUAL - El juez competente es el del lugar donde se ejecutó o debió ejecutarse el contrato.CONTROVERSIA CONTRACTUAL - Concepto. Trámite. Competencia. El problema jurídico se contrae a determinar cuál de los tribunales en conflicto, si el de Cundinamarca o el de Nariñ...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. NOTA DE RELATORIA: Reiteración jurisprudencial sentencia 11001-03-15-000-2002-0023-01(S-135) de 28 de septiembre de 2004. Sala Plena. Ponente: Filemón Jiménez Ochoa. Demandado: Caja Nacional de Previsión Social.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. NOTA DE RELATORIA: Reiteración sentencia 11001-03-15-000-2001-0256-01(S-064) de 28 de septiembre de 2004. Sala Plena. Ponente: Maria Nohemí Hernández Pinzón. Actor: José Benjamín Romero Espitia. Demandado: Caja Nacional de Previsión Social.
VACANCIA POR ABANDONO DEL CARGO - No vulneración de los derechos invocados por el actor, Se pretende en el sub judice la nulidad del acto administrativo mediante el cual se revocó una licencia no remunerada concedida al actor por el término de 2 años y se declaró la vacancia por abandono del cargo. En el presente asunto se observa del texto de la demanda que el actor considera desconocidos los derechos fundamentales a la igualdad, a la defensa y al debido proceso, con la expedición del acto ...
PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONCEJAL - No tomar posesión dentro de los tres días siguientes a la instalación: De lo que ha quedado reseñado hace hincapié la Sala en que en este proceso no se trata de considerar, cuál de las decisiones adoptadas en las distintas sesiones de instalación es la que debe considerarse como legítima, pues ello es del resorte de la acción de nulidad electoral y no de la de pérdida de investidura que es objeto de estudio. De lo que sí no puede apartarse la Sala es ...
La solicitud de medidas cautelares ejecutivas previas debe satisfacer varios supuestos: el otorgamiento de caución por el ejecutante a favor del ejecutado; la identificación de los bienes, la propiedad del ejecutado sobre ellos y la procedencia. -CAUCIÓN, el inciso 10 del artículo 513, exige que el ejecutante otorgue caución, para que pueda decretarse el embargo o secuestro de bienes antes de la ejecutoria del mandamiento de pago: “Para que pueda decretarse el embargo o secuestro de bienes a...
En síntesis, el llamamiento en garantía es una figura procesal, una potestad que tiene el demandado para vincular al proceso a quien, con fundamento en una relación legal o contractual, tiene la obligación de asumir el pago de la indemnización en el evento de ser condenado aquel. Implica una relación diferente, paralela al proceso principal, no solo por ventilarse entre partes distintas sino por incluir nuevas pretensiones. En efecto, la vinculación a un proceso en calidad de parte tiene fund...
En cuanto a la interpretación que da el actor a la noción de «Estatuto Interno» debe precisarse que conforme a la jurisprudencia de esta Sección, dichos estatutos no se asimilan al Estatuto Básico que aprueba el Gobierno Nacional por medio de Decreto. Al respecto, la sentencia de 17 de septiembre de 1993 (C.P. Dr. Libardo Rodríguez) hizo la siguiente clasificación: «1. Los estatutos básicos" son los conformados por las normas de categoría legal aplicables a las diferentes clases de entidades...
CESION DE INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA NACION A LOS MUNICIPIOS - La Ley 137 de 1959 opera de pleno derecho; Corresponde a la Sala determinar si el Municipio de Chiquinquirá al ordenar por medio del acto acusado la cesión de los predios ubicados en las carreras novena (9ª) y décima (10ª), calles décima (10ª) y once (11) al Municipio basándose en la cesión que hizo de unos predios en similares condiciones la Ley 137 de 1959 al Municipio de Tocaima, y específicamente en su artículo 7° que le con...
Solicitan los apoderados de las entidades recurrentes, que se revoque la medida de suspensión provisional del artículo 4 del decreto 2170 de 2002, decidida por la sala en el auto del 1 de abril de 2004, por cuanto dicho artículo no contraría el art. 29 de la ley 80 de 1993, ni la reserva de la ley para la evaluación de las propuestas que estableció el art. 273 de la Constitución, ya que por el contrario, dicho artículo lo desarrolla, evita la subjetividad en la evaluación de las propuestas y ...
NOTIFICACION PERSONAL EN VIA GUBERNATIVA - Requisitos; información de recursos, copia del acto, La actora argumenta que sí agotó la vía gubernativa, pues el recurso de apelación fue oportunamente interpuesto el 22 de abril de 1998, si se tiene en cuenta que la Resolución 73 de 25 de marzo de 1998 fue notificada mediante edicto desfijado el 21 del mismo mes y año, y que la constancia de entrega de una copia del citado acto al representante legal de INMUEBLES INDUSTRIALES ZETA LTDA. (en liqui...
SUPRESION DE CARGO - Procedencia por necesidades del servicio.Se pretende la nulidad del Acto Administrativo (Acuerdo de la Junta Metropolitana) que contiene la supresión de cargos en el Área Metropolitana de Barranquilla. Con la precisión anterior se aborda el estudio de los cargos relacionados con la competencia que a esta jurisdicción corresponde. En relación con el cargo de falta de competencia, nada aporta al debate el texto de la apelación. La ley 128 de 1994, orgánica de las Areas Metr...
RIESGO DE CONFUSION - Clases: directo e indirecto; En la Interpretación Prejudicial núm. 92-IP-2003, rendida en este proceso, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en relación con el alcance de la norma comunitaria citada como violada, precisó que “...no es necesario que el signo solicitado para registro induzca a error a los consumidores, sino que es suficiente la existencia del riesgo de confusión para que se configure la prohibición de irregistrabilidad”. Para determinar la exist...
EXCLUSIÓN DE LA CARRERA JUDICIAL –En el proceso se debate la legalidad de las Resoluciones Nos. 11 y 34 del 19 de febrero y 30 de marzo de 2001, proferidas por la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima y la No. 453 del 7 de junio del mismo año, expedida por el Director de la Unidad de Administración de la Carrera Judicial de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, por medio de las cuales se excluyó de la carrera judicial al actor en el carg...
NULIDAD ABSOLUTA Y RELATIVA EN PROPIEDAD INDUSTRIAL - Diferenciación en Decisión 486 con vigencia a partir del 01-12-2000 Sea lo primero advertir que la excepción de ineptitud sustantiva de la demanda, planteada por la Superintendencia de Industria y Comercio, no tiene vocación de prosperidad, pues cuando se expidieron los actos acusados estaba vigente la Decisión 344 de la Comisión de la Comunidad Andina y no la 486, la cual entró a regir desde el 1º de diciembre de 2000. La Decisión 344 no ...
OMEGA - Término común o usual para designar ácidos grasos siendo inapropiable: Con todo, siguiendo las reglas trazadas por el Tribunal, la Sala efectuará el cotejo del elemento denominativo NESTLÉ + OMEGA + PLUS versus OMEGGA, teniendo en cuenta que son predominantes. A los efectos de este fallo, es preciso tener en cuenta que la expresión OMEGA que hace parte de los signos enfrentados, en el lenguaje corriente se emplea comúnmente para designar un tipo de ácido graso esencial, que se encuen...
Se rechazará por improcedente el recurso de reposición, mal denominado por la recurrente “solicitud de declaratoria de ilegalidad”, contra el auto proferido por la Sala el 10 de junio de 2004, por medio del cual resolvió el recurso de apelación impetrado contra el auto del 25 de junio de 2002, dictado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Nota de Relatoría: Ver Exp. 24041 del 6 de noviembre de 2003
TITULO EJECUTIVO - Obligación ejecutable. Las obligaciones ejecutables, según la ley procesal civil, artículo 488 del C. P. C., requieren de demostración documental en la cual se advierta la satisfacción de las condiciones tanto formales, como de fondo. Las primeras miran, a que se trate de documento o documentos que conformen unidad jurídica; que emanen del deudor o de su causante, de una sentencia de condena proferida por el juez, o por árbitro etc. Las segundas condiciones, de fondo, atañe...
De conformidad con el artículo 152 del Código Contencioso Administrativo, para que proceda la suspensión provisional de los actos administrativos es menester que la trasgresión de las normas superiores invocadas surja de manera ostensible, es decir, de la simple comparación entre éstas y el acto acusado, sin necesidad de profundos razonamientos y en el caso sub lite tal quebranto no se aprecia prima facie, pues los argumentos expuestos por el demandante en la solicitud de suspensión provision...
RELIQUIDACION DE LA PENSION DE JUBILACION - Ordena la actualización del promedio de lo devengado en el último año de servicios para impedir que se perciba una pensión devaluada. Dada la imprescriptibilidad de la pensión,PRESCRIPCION DE DERECHOS LABORALES - Configuración con respecto a parte del período solicitado. El reconocimiento pensional puede ser discutido en cualquier tiempo y en este caso no opera la caducidad de la acción, Se contrae el presente asunto a determinar si el actor tiene d...
SANEAMIENTO DE NULIDADES PROCESALES - Las previstas en el artículo 144 del C.P.C.CONVALIDACION PROCESAL DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - No se encuentra contemplada en el artículo 84 del C.C.A.ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL - Se aplica a los municipios y distritos en los aspectos a que se refiere el artículo 66 de la Ley 383 de 1997NULIDADES EN MATERIA TRIBUTARIA - Los artículos 730 y 731 del E.T. No le asiste razón al Municipio cuando afirma, con base en el artículo 144 del Código de Procedimiento C...
Como se observa, los supuestos fácticos que consagra la norma, para que las declaraciones tributarias se entiendan como no presentadas, son taxativos y en consecuencia de aplicación restrictiva. Implica ello que si en el caso específico del literal d), lo sancionado es que se omita en la declaración la firma del Revisor Fiscal, tratándose de declarantes que por disposición legal están obligados a tenerlo, no puede hacerse extensiva dicha causal a la falta de la inscripción de su nombramien...
SANCION POR EXPEDIR FACTURA SIN REQUISITOS - Para imponerla se debe mirar respecto de cada uno de los requisitos, De acuerdo con lo expuesto, para la aplicación de la sanción basta la comprobación de la irregularidad. Para este fin, cada uno de los requisitos debe interpretarse atendiendo su contexto y finalidad, pues no siempre son exigibles de manera general y según su tenor literal, como se demuestra con algunos ejemplos que se mencionan a continuación: El literal a) del artículo 617 exig...
NOTIFICACION POR CORREO - Antes de la sentencia C-096 de 2001PRESUNCIÓN DE NOTIFICACION POR CORREO - Era de carácter legal y por tanto podía ser desvirtuada si se demostraba que se había realizado en una fecha diferente a la prevista en el artículo 566 del E.T.Conforme al artículo 566 del Estatuto Tributario, vigente para la fecha en que se notificó el acto administrativo acusado: La notificación por correo se practicará mediante envío de una copia del acto correspondiente a la dirección info...
SANCION POR INEXACTITUD ADUANERA - Es del 10ESTATUTO ADUANERO - Para el año 2000 Teniendo en cuenta que en los actos demandados el fundamento legal para imponer la sanción fue el artículo 482 del Decreto 2685 de 1999, no puede la Administración, en esta instancia procesal, incurrir en la deslealtad de invocar una norma diferente. Fue la Administración y no el Tribunal, quien citó esta disposición en los actos demandados, por lo que la sociedad actora con base en ella solicitó la nulidad de la...
SINDICATO - Inscripción de Junta Directiva: Advierte la Sala, que es cierto que el artículo 25 de los estatutos del Sindicato prevé que las decisiones de la Junta Directiva requieren del voto de la mayoría absoluta de sus miembros; y también es cierto que no podían fungir como tales los señores FLOWER ROJAS, JAIME QUINTERO y RAMIRO DIAZ, que según se lee a folio 56, reemplazaron a HORACIO DELGADO, MARCO QUINTERO Y LUIS MOSQUERA; empero, no puede perderse de vista que de acuerdo con el artícul...
Sentencia nº 1603 de Consejo de Estado, Seccion Segunda, de 17 de Septiembre 2004
DOCENTE ESTATAL - Incorporación. Nombramiento en provisionalidad.DIRECTIVO DOCENTE - Incorporación.CARRERA DOCENTE - Aprobación del concurso como requisito de ingreso a ésta. De conformidad con el artículo 34 de la ley 715 de 2001, los docentes y directivos docentes estatales, contratados a 1° de noviembre de 2000 mediante órdenes de prestación de servicios, podrán ser incorporados mediante nombramiento de manera definitiva a las plantas de personal - adoptadas el 31 de diciembre de 2003–, un...
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - Mora en el pago del empleador: responsabilidad de éste y de las EPS, EAS,MORA EN EL PAGO DE APORTES EN SALUD - Cuando se vulnere un derecho fundamental debe prestar el servicio la EPS, EAS, En la sentencia T-378 de 2000, que sirve de soporte a los actos acusados, la Corte Constitucional expresó: “Cuando no se presta el servicio de salud por la EPS, con el argumento de la mora patronal, la Corte Constitucional ha presentado una alternativa. Aparece la pri...
SINDICATO - Creación de Subdirectivas Seccionales en municipios distintos a su sede: requieren 25 miembros; inscripción de Comité Regional: nulidad por violación de la Ley 50 de 1990, artículo 55La demanda básicamente descansa en el hecho de que en Santa Marta no podía haber un Comité Regional de SINTRAFEC porque el número de trabajadores afiliados con sede laboral en dicho Municipio, no alcanza a 12. Por ello, estima que se violó el artículo 55 de la Ley 50 de 1990, que es del siguiente teno...
SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS - Facultad reglamentaria del Presidente de la República:FACULTAD REGLAMENTARIA DEL PRESIDENTE - Servicios públicos domiciliarios: Respecto del anterior precepto (art. 370 de la Carta), la Corte Constitucional, en sentencia C-272 de 3 de junio de 1998, Magistrado Ponente, Dr. Alejandro Martínez Caballero, en la que declaró la exequibilidad del artículo 68 de la Ley 142 de 1994, sostuvo:“8. Por su parte, el Presidente no sólo conserva en esta materia, como en to...
Sirve traer el contenido en la sentencia de 2 de octubre de 1997, expediente núm. 4431, consejero ponente doctor Juan Alberto Polo Figueroa, en cuanto se dijo lo siguiente: “la facultad sub lite está determinada por el artículo 150, numeral 19, de la Constitución, pudiéndose delimitar dentro de los siguientes parámetros, en lo que hace al régimen de aduanas: a. Las modificaciones, o lo que es igual, las disposiciones que adopte el Gobierno con fundamento en dicha facultad deben corresponder a...
IDENTIDAD MARCARIA - Existencia entre PURA VIDA y PURA VIDA,MARCAS IDENTICAS - Riesgo de confusión: por tener los mismos canales de comercialización, Como quiera que los signos a cotejar son “PURA VIDA” y “PURA VIDA”, no queda duda alguna de que entre ellos existe identidad fonética, ortográfica y conceptual. En cuanto a los canales de comercialización, para la Sala es claro que los productos de una y otra clase se comercializan en los supermercados, tiendas de cadena, tiendas de barrio, etc....
SIGNOS GENERICOS - Combinación que conforma signo distintivo:COMBINACION DE SIGNOS GENERICOS EN INGLES - Distintividad al resultar un signo de fantasía: Pese a que la expresión “popcorn” traducida al idioma español, no solo tiene la acepción de “palomitas de maíz” sino también la de “roseta”, es cierto que en nuestro medio el significado que forma parte del conocimiento común es el de “palomitas de maíz”, por lo que resulta evidente considerar que tal expresión en idioma inglés es descriptiva...
IDENTIDAD MARCARIA - Inexistencia entre los signos BRILLO Y BRILLO DE LUNA en virtud al adjetivo del segundo que incide en los campos visual,MARCA MIXTA - Predominio del elemento denominativo: Con apoyo en estas orientaciones, la Sala advierte, en primer término, que, conforme se adujo en el acto administrativo acusado, la marca BRILLO, cuyo titular es la actora, tiene el carácter de “NOMINATIVA”, entendiéndose por tal, la que es formada únicamente por palabras, esto es, sin distintivos espec...
ARTICULOS PIROTECNICOS - Para su producción requiere concepto sobre usos del suelo de acuerdo con el P.O.T.En concordancia con lo anterior, los artículos 5 y 7 de la ley 388 de 1997 establecieron que corresponde a los municipios y distritos adoptar los respectivos planes de ordenamiento territorial, reglamentar el uso del suelo y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, con el objeto de orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del terr...
Teniendo en cuenta los antecedentes jurídicos y fácticos de la ejecución, es necesario determinar en qué consiste el contrato de fiducia mercantil, como fue el celebrado el 28 de febrero del año de 1992 antes de la expedición y promulgación de la ley 80 de 1993. La FIDUCIA MERCANTIL es un negocio jurídico por el cual una persona, llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o mas bienes especificados a otra, llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumpli...
Requisitos del recurso ordinario de súplica. Del contenido del artículo 183 del Código Contencioso Administrativo, se tiene que para la formulación del recurso, son necesarios los siguientes requisitos concurrentes: -La interposición contra auto interlocutorio proferido por el ponente. -Propuesto dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto impugnado. -Dirigido a la Sala de que forma parte el ponente. -Conteniendo las razones en que se funda.
Recuérdese que el decreto de cualquier prueba obedece a los requisitos legales previstos en la norma que regula cada medio probatorio y para el caso del testimonio, los artículos citados antes del C. P. C suministran ese marco legal. Ahora bien, incluso los criterios de conducencia y pertinencia del medio probatorio, que el A Quo emplea para desechar la prueba testimonial, tienen que ver con la eficacia de la prueba, y cuyo análisis incluso debe fundamentarse en consideraciones ciertas y no ...
PROCESO EJECUTIVO - Transacción.TRANSACCION - Proceso ejecutivo. Para el Consejo de Estado ese problema jurídico compromete el análisis material de la figura jurídica de la transacción dentro de un proceso, la cual por naturaleza sólo tiene cabida, en principio, en los juicios de cognición o de conocimiento, toda vez que tiene por objeto que las partes acuerden terminar o la litis, antes de que se profiera sentencia, o que proferida no se encuentre en firme, o las diferencias que surjan con ...
ACCION DE REPETICION - Llamamiento en garantía. Proceso de responsabilidad del Estado. Los “dos artículos anteriores” aluden, respectivamente, a los requisitos y al trámite. En lo que atañe con los requisitos formales señala los siguientes: nombre del llamado o del representante, si aquel no puede comparecer al proceso; domicilio, residencia o habitación del citado, o la manifestación de que ello se ignora, la cual se entiende prestada bajo juramento, con la sola presentación del escrito: hec...
CARLOS CORDERO MANOSALVA Y ARMANDO CASTELLANOS, por conducto de apoderado y en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho de que trata el artículo 85 del C.C.A., demandaron la nulidad de las Resoluciones 0003 de 29 de agosto de 1997, por medio de la cual el Jefe de la División de Investigaciones Disciplinarias de la Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales, Regional Nororiente, resolvió sancionarlos con la destitución del cargo y fijó en un año el...
REGIMEN SALARIAL - Solicitud sobre diferencias salariales en la Secretaría de Educación,SINDICATO DE EMPLEADOS DISTRITALES –La Corte Constitucional conoció, en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 86 y 241 de la Carta Política, de la revisión del fallo de tutela proferido por el Consejo de Estado que rechazó por improcedente la acción instaurada por el Sindicato de Empleados Distritales; pretendió esta organización la nivelación de los Auxiliares de Servicios Generales de la S...
PROCESO EJECUTIVO - Competencia. Ley 685 de 2001JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - Procesos ejecutivos.FACTURA DE COBRO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS - Proceso ejecutivo. Antes de la expedición de la ley 689 de 2001, la jurisdicción contenciosa administrativa conocía de los procesos ejecutivos cuando -el título ejecutivo tenía como base el recaudo de una sentencia condenatoria proferida por la jurisdicción contenciosa administrativa; -el proceso se derivaba directamente del cont...
Es sabido por disposición del artículo 38 de la ley 153 de 1887 que en todo contrato se entienden incorporadas las leyes vigentes al tiempo de su celebración (regla), pero se exceptúan: -“1º. Las leyes concernientes al modo de reclamar en juicio los derechos que resultaren del contrato”. -2º. Las que señalan penas para el caso de infracción de lo estipulado; la cual infracción será castigada con arreglo a la ley bajo la cual se hubiere cometido”. La Sala observa, para el caso que estudia, que...
Los documentos amparados con la presunción de autenticidad de que trata el artículo 12 de la ley 446 de 1998 SON SOLAMENTE LOS ORIGINALES DE DOCUMENTOS PRIVADOS. Por lo tanto, como en este caso, si se aportan al expediente unas copias de unos documentos públicos para que los mismos presten mérito ejecutivo, se requiere que estén autenticadas de alguna de las formas establecidas en el artículo 254 del C. P. C. para que pueden tener el mismo valor probatorio del original. Particularmente, se pr...
Sentencia nº 11001-03-15-000-2004-0679-00(PI) de Consejo de Estado, de 14 de Septiembre 2004
PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONGRESISTA - Improcedencia.REGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES - Inexistencia de violación. Improbada la trasgresión a la prohibición de recomendar personas para cargo público.TRAFICO DE INFLUENCIAS - Diferencia frente a la prohibición de que trata el artículo 268.10 de la Constitución.CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA - Prohibición a congresistas de recomendar para proveer empleos en su Despacho.INCOMPATIBILIDAD DE CONGRESISTA - Diferencia en la denominada tráfico de ...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado. No se incurrió en violación directa de norma por interpretación indebida.PENSION GRACIA - Supuestos para que opere su reconocimiento.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición. Considera el libelista que el fallo suplicado al concluir que el tiempo de servicios docentes prestados en planteles nacionales, no es útil para acceder a la pensión gracia, o, dicho lo mismo en otros términos, que los docentes nacionales no tienen de...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado.PENSION GRACIA - No procede reconocimiento para docentes vinculados después del primero de enero de 1990PENSION DE JUBILACION - Improcedencia de reconocimiento de segunda pensión a docentes.DOCENTES - Improcedencia de reconocimiento de segunda pensión ordinaria de jubilación.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición para docentes oficiales: percibir pensión gracia, NOTA DE RELATORIA: Reiteración de sentencia 11001-03-15-000-...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Prosperidad.CONDENA - Prosperidad del recurso extraordinario de súplica. Para la Sala es evidente que si bien es cierto la sentencia del 25 de septiembre de 1997 impuso una condena de carácter laboral, en realidad contiene una jurisprudencia aplicable no solo a procesos de esa naturaleza, sino a todos los procesos contencioso administrativos, pues expone una tesis alrededor de la pérdida notoria de la capacidad adquisitiva de la moneda como consecuencia del...
IMPUESTO DESCONTABLE - Se refiere al impuesto facturado por la adquisición de bienes y servicios siempre que se haga dentro de la oportunidad del artículo 496 del E.T. El Estatuto Tributario al regular sobre la determinación del impuesto a cargo del responsable del régimen común, permite descontar el impuesto facturado al responsable “por la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, hasta el límite que resulte de aplicar al valor de la operación que conste en las respectivas fact...
APLICACION DE LA LEY EN EL TIEMPO - Propiedad industrial: Debe la Sala comenzar por precisar que por razón de lo preceptuado en la Disposición Transitoria Primera de la Decisión 486, a cuyo tenor, todo derecho de propiedad industrial válidamente concedido, se regirá por las disposiciones aplicables en la fecha de su otorgamiento» los artículos 134 y 135 de la Decisión 486 no son aplicables al caso sub-examine por cuanto la solicitud presentada para el registro de la marca VITAFRUT, su trám...
REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Solicitud sobresueldo prima extracarcelaria,PRIMA EXTRACARCELARIA –En este proceso, se trata de establecer si la parte actora, personal administrativo del INPEC, que se desempeñaba como Técnico Operativo Código 4080 grado 13 en la Cárcel del Distrito de Villavicencio, tiene derecho al 20% adicional (prima extracarcelaria) sobre la asignación mensual a cargo del Departamento del Meta, a partir del 1º de septiembre de 1998. Visto el recuento cronológico de las...
RECURSO DE REPOSICION EN MATERIA ADUANERA - No es obligatorio por aplicación del C.C.A.La entidad demandada se limitó a aducir que el recurso de reposición es resuelto por un funcionario jerárquicamente superior del que expide actos como el acusado; empero no señaló en el proceso la existencia de norma especial que en materia aduanera le de al recurso de reposición el mismo alcance del recurso de apelación o que disponga que aquel tiene el carácter de obligatorio y que, por lo mismo, agota ví...
NULIDAD ELECCIÓN DE CONCEJAL - Procedencia.CELEBRACIÓN DE CONTRATO - Requisitos para que se configure inhabilidad de concejal.INHABILIDAD DE CONCEJAL - Requisitos para que se configure por celebración de contratos.JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL - Naturaleza jurídica. Le corresponde a la Sala precisar si la contratación que llevan a efecto las Juntas de Acción Comunal con los municipios inhabilita o no a sus miembros para la postulación a cargos de elección popular. En torno a la variada gama de inh...
NULIDAD ELECCIÓN DE CONCEJAL - Improcedencia.INHABILIDAD DE CONCEJAL - Falta de prueba de parentesco inhabilitante. Preclusión de etapa probatoria:PARENTESCO - Primer grado de afinidad: concepto y prueba.PRUEBA DEL PARENTESCO - El registro civil aportado por fuera de término carece de valor probatorio.DERECHO AL DEBIDO PROCESO - Protección. La primera cuestión que debe resolver la Sala se circunscribe a averiguar si se encuentra demostrado que el demandado tenía vínculo de parentesco en prime...
EXTINCION DE LA PENSION DE JUBILACION - Fecha a partir de la cual se extingue la pensión para que el actor, quien se asimilaba a militar por haber sido músico, perciba la asignación de retiro.ASIGNACION DE RETIRO - La pensión de jubilación se extingue, para efecto de percibir la asignación, En este caso, corresponde a la Sala determinar a partir de qué fecha debe extinguirse la pensión de jubilación reconocida a favor del actor, a efectos de percibir la asignación de retiro. El Ministerio d...
DESCUENTOS A LAS MESADAS PENSIONALES - Niega la nulidad de decreto que regula los descuentos permitidos en el régimen de prima media.SALARIOS - Descuentos prohibidos y permitidos. Descuentos cuando se trata de créditos cooperativos y pensiones alimenticias, El debate se orienta a decidir la legalidad del decreto 1073 de 2002 mediante el cual se regularon aspectos relacionados con los descuentos permitidos a las mesadas pensionales en el régimen de prima media con prestación definida. LA APL...
NULIDAD ELECCION DE DIRECTOR DE LA CAR - Improcedencia.DERECHO DE IGUALDAD - Alcance:CORPORACION AUTONOMA REGIONAL - Trámite para elección de director general.DIRECTOR GENERAL DE LA CAR - Trámite para su elección. En relación con la violación del artículo 13 de la Carta, el demandante sostiene que la elección de la Directora General de la CAR se efectuó con base en una lista conformada por 13 candidatos que elaboró la empresa particular contratada para realizar las evaluaciones, eliminando a ...
NULIDAD ELECCION DE CONCEJAL - Requisito de la demanda.PROCESO ELECTORAL - Improcedencia de decisión sobre suspensión provisional.ACTO ACUSADO - Obligatoriedad de la copia auténtica. Revisando el informativo encuentra la Sala que el acto administrativo mediante el cual se declaró la elección de Nelson Fabio Cuesta Barrera como concejal municipal de Sutatenza, se aportó en copia informal, sin que se le puede asignar el mismo valor probatorio del original, circunstancia que ha debido llevar al ...
RESPONSABILIDAD POR EL MANIFIESTO DE CARGA - Sujeto pasivo: La cuestión a resolver en la presente instancia es la aplicabilidad del artículo 4º del Decreto 1005 de 1992 a la actora en cuanto agente marítimo en el sub lite. La misma fue resuelta por la Sala, precisamente en un caso similar, en cuyo debate procesal la parte actora adujo argumentos iguales a los del recurso sub examine, los cuales aparecen también dilucidados en esa providencia, habiéndose concluido en ella que esa norma no vin...
AGOTAMIENTO DE VIA GUBERNATIVA EN MATERIA TRIBUTARIA - No se requiere en el caso previsto en el parágrafo del artículo 720 El agotamiento de la vía gubernativa ocurre cuando contra el acto administrativo no procede ningún recurso o cuando los recursos interpuestos se hayan decidido (arts. 62 y 63 del C.C.A.). Con este trámite, la Administración tiene la oportunidad de revisar su decisión y si es del caso, modificarla, complementarla, aclararla o revocarla, antes de que la controversia sea pl...
Se fundamenta en que la Sala desestimó mediante sentencia una de demanda de nulidad contra varios de los preceptos aquí enjuiciados. En efecto, dentro del expediente 5951, actor Hernán Arturo Restrepo, consejero ponente doctor Manuel Santiago Urueta Ayola, profirió sentencia de 7 de junio de 2001, mediante la cual negó las pretensiones de la demanda de nulidad de los artículos 3º, numeral 2; y 5º, numeral 5 y parágrafo 2º, del Decreto 1804 de 1999. Como normas violadas se invocaron los artícu...
INSCRIPCION EXTRAORDINARIA EN CARRERA ADMINISTRATIVA - Al actor le fue negada esta inscripción. Sea lo primero advertir que se trata de un empleado público que se vinculó a la administración mediante una relación legal y reglamentaria en condición de nombramiento provisional y que los derechos reclamados solo pueden tener como fuente formal las normas que regulan su especial situación. La pretendida condición de empleado de carrera administrativa del actor por tener derecho a una eventual ins...
NULIDAD ELECCIÓN DE CONCEJAL - Error en la citación de segundo apellido de la demandada. Se planteó la que denominó excepción de “falta de legitimación por pasiva”, en tanto que no existe coincidencia entre la persona elegida y la demandada, pues fue demandada la señora Blanca Flor Julio Jurado y la elegida concejal es la señora Blanca Flor Julio Giraldo. En este asunto se tiene que, efectivamente, tanto la demanda como la corrección de la misma, se dejó en claro que se impugnaba el acto admi...
En relación con el planteamiento de la entidad demandada en su escrito de oposición, advierte la Sala que la discusión central del proceso radica en determinar si las actividades desarrolladas por el demandante se encuentran gravadas o excluidas del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, uno de los argumentos de la entidad demandada para modificar la declaración del contribuyente fue el artículo 763 del Estatuto Tributario, norma citada por el actor como vulnerada.Teniendo en cuenta que ade...
AUXILIARES DE LA JUSTICIA - Legalidad del Acuerdo 1518 de 2001 del C. S. de la Judicatura; régimen de inhabilidades, Se predica de tales apartes la violación de los artículos 121, 152, numeral 2; 243, inciso 2º, y 257, numeral 3, de la Constitución Política; 8, 9, 10, 239, 387 y 388 del C. de P. C.; 85, numeral 21, y 93 de la Ley 270 de 1996, por razones que se resumen en una supuesta falta de competencia o extralimitación de la entidad demandada en su facultad reglamentaria. Confrontando los...
NULIDAD ELECCIÓN DE CONCEJAL - Procedencia.CELEBRACIÓN DE CONTRATO - Requisitos para que se configure inhabilidad de concejal.INHABILIDAD DE CONCEJAL - Requisitos para que se configure por celebración de contratos.JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL - Naturaleza jurídica. La Sala analizará si la contratación que llevan a efecto las Juntas de Acción Comunal con los municipios inhabilita a sus miembros para la postulación a cargos de elección popular. En torno a la variada gama de inhabilidades electorales...
PERDIDA DE LA INVESTIDURA DE CONCEJAL - Violación del régimen de incompatibilidades:CONCEJAL - Pérdida de la investidura por desempeño de cargo público: Afirma el actor en su impugnación que tanto el Tribunal como la Procuraduría tomaron la fecha de la posesión del demandado como alcalde para establecer que no se incurrió en la causal alegada de Pérdida de la Investidura de concejal, cuando debió tomarse la fecha en que fue elegido alcalde, para llegar a la conclusión de que no dejó transcur...
IRREGULARIDAD EN NOTIFICACION, PUBLICACION O COMUNICACION - No afecta validez sino eficacia del acto: En relación con las cuestiones planteadas por la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. “CONFIANZA” vale decir que la oponibilidad del acto acusado por falta de su debida publicidad no es un aspecto susceptible de examinar en la presente acción, pues ésta se circunscribe al estudio de su legalidad, de allí que se tenga dicho por la jurisprudencia que las deficiencias o irregularidades en la no...
PLANES ADICIONALES DE SALUD PAS - Definición legal: Sea lo primero precisar que el artículo 18 del Decreto 806 de 1998 define los Planes Adicionales de Salud(PAS) como el conjunto de beneficios opcional y voluntario, financiado con recursos diferentes a los de la cotización obligatoria, y los cuales serán de la exclusiva responsabilidad de los particulares, como un servicio prestado de interés público, cuya prestación no corresponde al Estado, sin perjuicio de las facultades de inspección y v...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE SUPLICA - Infundado.PENSION GRACIA - No procede reconocimiento para docentes vinculados después del primero de enero de 1990PENSION DE JUBILACION - Improcedencia de reconocimiento de segunda pensión a docentes.DOCENTES - Improcedencia de reconocimiento de segunda pensión ordinaria de jubilación.DOBLE ASIGNACION DEL TESORO PUBLICO - Excepción a la prohibición para docentes oficiales: percibir pensión gracia, NOTA DE RELATORIA: Reiteración sentencia 11001-03-15-000-200...
El art. 24 de la ley 80 de 1993, en desarrollo del principio de transparencia de la contratación estatal, señala en el numeral 2º que “en los procesos contractuales los interesados tendrán oportunidad de conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan o adopten, para lo cual se establecerán etapas que permitan el conocimiento de dichas actuaciones y otorguen la posibilidad de expresar observaciones”. Así, el procedimiento de selección que la ley estructuró en el art....
Se considera que en los procesos de responsabilidad se indemniza a los damnificados de la persona fallecida, no en su carácter de herederos sino por el perjuicio que les causó la muerte o porque el hecho perjudicial afectó sus condiciones normales de subsistencia, bien sea en su esfera patrimonial o moral. Sólo que en los eventos en los cuales se demuestra que el demandante es padre, hermano, hijo o cónyuge de la víctima el perjuicio moral se infiere de las reglas de la experiencia, en tanto ...
DELEGACION DE FUNCIONES - Debe sujetarse a la autorización de la Junta Directiva: legalidad de la Resolución 102 de 2001INSTITUTO NACIONAL DE PESCA Y AGRICULTURA INPA - Legalidad de la Resolución 102 de 2001El Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura es un establecimiento público del orden nacional, con autonomía administrativa y patrimonio independiente. La delegación realizada mediante el acto acusado se hizo respetando las disposiciones inicialmente citadas, en los funcionarios de nivele...